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Estar en paro no significa necesariamente dejar de cotizar para la jubilación. El SEPE confirma que mientras una persona cobra la prestación contributiva por desempleo sigue existiendo cotización a la Seguridad Social, incluida la correspondiente a jubilación. Por tanto, esos meses no desaparecen de la vida laboral ni se convierten automáticamente en un vacío que reduzca los años acumulados para acceder a la pensión.

La clave está en distinguir entre cobrar el paro contributivo, percibir determinados subsidios y estar simplemente inscrito como demandante de empleo. Durante la prestación contributiva, la cotización continúa. En cambio, la mayoría de los subsidios asistenciales no cotizan para jubilación, salvo excepciones específicas. La más importante es el subsidio destinado a personas mayores de 52 años, diseñado precisamente para proteger la futura pensión.

Cobrar el paro contributivo mantiene la cotización

Cuando una persona pierde su empleo y tiene derecho a la prestación contributiva, el SEPE continúa ingresando las cotizaciones correspondientes durante el periodo reconocido. Eso permite que ese tiempo compute para determinar los años cotizados y también tenga efectos sobre la futura pensión. No se trata, por tanto, de un periodo completamente desconectado de la carrera laboral del trabajador.

Esto resulta especialmente importante para quienes están cerca de alcanzar los años necesarios para jubilarse a la edad ordinaria o acceder a determinados porcentajes de la base reguladora. Un año cobrando prestación contributiva puede seguir sumando como tiempo cotizado. El problema aparece cuando se agota el paro y la persona permanece desempleada sin una prestación que incluya cotización por jubilación.

El subsidio de mayores de 52 años es diferente

Las personas que cumplen los requisitos del subsidio para mayores de 52 años cuentan con una protección adicional. Mientras lo perciben, el SEPE cotiza por jubilación tomando como referencia el 125% de la base mínima del Régimen General. Esas cotizaciones sirven para calcular la base reguladora, determinar el porcentaje aplicable y completar el tiempo necesario para acceder a la jubilación anticipada.

Por eso el titular necesita una precisión: no todas las personas que están en paro conservan automáticamente sus cotizaciones. Quien simplemente permanece desempleado e inscrito como demandante, sin prestación contributiva ni un subsidio que cotice, puede generar lagunas en su carrera. La buena noticia es que cobrar el paro contributivo sí protege ese periodo y el subsidio de mayores de 52 años mantiene además una cotización específica hasta alcanzar la edad ordinaria, siempre que se conserven los requisitos. Revisar la vida laboral permite comprobar si el desempleo está realmente cotizando para la jubilación.