Hacienda mantiene abierto el procedimiento para devolver el IRPF cobrado de más a pensionistas que realizaron aportaciones a antiguas mutualidades laborales. En determinados casos, la suma correspondiente a varios ejercicios puede superar los 4.000 euros, aunque no existe una cantidad idéntica para todos. El importe depende de las aportaciones realizadas, la pensión cobrada, las retenciones soportadas y los años afectados.
La devolución nace de la disposición transitoria segunda de la Ley del IRPF, aplicada conforme a varias sentencias del Tribunal Supremo. Su objetivo es evitar que determinadas aportaciones anteriores a 1999 tributen dos veces: primero cuando el trabajador no pudo reducirlas fiscalmente y después cuando la pensión derivada de ellas fue declarada íntegramente como rendimiento del trabajo.
No todos los jubilados tienen derecho
Los posibles beneficiarios son pensionistas de jubilación o incapacidad que cotizaron a mutualidades laborales antes de 1999 y cuyas aportaciones no pudieron reducirse en su momento. No todos los jubilados tienen derecho. Quienes únicamente pertenecieron al régimen de Clases Pasivas, por ejemplo, normalmente quedan fuera porque sus cotizaciones no procedían de una mutualidad incluida en este ajuste.
La Agencia Tributaria debe comprobar qué porcentaje de la pensión queda exento y recalcular el impuesto de cada ejercicio. Solo habrá devolución cuando, después de aplicar la reducción, la cuota correcta sea inferior a lo ingresado o retenido. Por eso algunos expedientes pueden superar los 4.000 euros y otros generar cantidades mucho menores, o incluso ningún pago.
El formulario y los plazos son decisivos
Para los ejercicios 2020, 2021 y 2022, Hacienda habilitó un formulario específico en su sede electrónica. Quienes ya lo presentaron antes del 26 de julio de 2025 no tienen que repetirlo. Para quienes no solicitaron antes el ajuste, el plazo con efectos sobre los tres ejercicios terminó el 2 de febrero de 2026; después continúan plazos distintos para 2021 y 2022.
La solicitud solo exige inicialmente un teléfono y una cuenta bancaria de la que sea titular el pensionista, aunque Hacienda puede pedir documentación adicional si no dispone de todos los datos. Para la Renta 2025 y ejercicios posteriores, el ajuste aparece automáticamente cuando la Agencia Tributaria cuenta con la información necesaria. También pueden abonarse intereses de demora. La cifra de cinco millones identifica un colectivo potencial, no cinco millones de pagos garantizados: cada jubilado debe comprobar sus datos fiscales, la existencia del concepto “Ajuste por Mutualidades-DT2 LIRPF” y el estado de su expediente antes de dar por segura la devolución. Conviene revisar también si existen ejercicios todavía reclamables.
