Existe una creencia muy extendida que no es del todo cierta. Muchas personas piensan que, tras un divorcio, se pierde automáticamente el derecho a la pensión de viudedad. Pero la ley no dice eso. De hecho, en determinados casos, sí es posible acceder a esta prestación con el amparo de la ley.
La clave está en cumplir una serie de requisitos muy concretos. No es un derecho que sea automático, pero tampoco es algo excepcional. Y es precisamente ahí donde surgen la mayoría de dudas. Porque no se trata de blanco o negro, ahí hay un conjunto de grises y de matices muy importantes que hay que tener en cuenta.
Los casos en los que sí que puedes cobrarla
La realidad es que estar divorciado no impide cobrar la pensión de viudedad de forma directa. Uno de los supuestos más claros es cuando existía una pensión compensatoria. Si el ex cónyuge fallecido abonaba esta pensión y se extingue con su muerte, el beneficiario puede acceder a la viudedad. De este modo, se reconoce que existía una dependencia económica que justifica el derecho a la prestación. Es el caso más habitual y también el más directo que existe. Pero no es el único.
@xavi_abat Pensión viudedad para ex cónyuges ?? ✅ #elabogadodetiktok
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También pueden acceder quienes estuvieron casados al menos diez años, tuvieron hijos en común y tienen más de 50 años en el momento de solicitarla. Este supuesto es menos conocido, pero está contemplado en la normativa. Además, existe un caso especialmente relevante. Las víctimas de violencia de género tienen derecho a la pensión de viudedad independientemente de otras condiciones. No importa si el matrimonio fue corto o si no existía pensión compensatoria, siempre que se pueda acreditar la situación, se va a otorgar esa pensión de viudedad, pase lo que pase.
Hay casos en los que no se tiene derecho
La realidad es que también hay situaciones en las que no se puede acceder a esta prestación. Si no existía pensión compensatoria y no se cumplen los requisitos de duración del matrimonio o de hijos en común, el derecho desaparece y no se cobra pensión algunua. Tampoco suele reconocerse cuando el divorcio fue muy antiguo y no hay ningún vínculo económico entre las partes, ni circunstancias especiales que lo justifiquen.
De este modo, cada caso debe analizarse de forma concreta. No basta con haber estado casado en el pasado, sino que es necesario cumplir con los criterios que marca la ley. Así pues, estar divorciado no cierra la puerta a la pensión de viudedad. Pero sí que obliga a revisar bien las condiciones, porque solo en determinados supuestos se mantiene ese derecho.