Tal día como hoy del año 1928, hace 91 años, en La Habana (Cuba) un grupo de prohombres catalanes emigrantes y exiliados encabezados por Francesc Macià (que dos años y medio más tarde restauraría la Generalitat) ponían el punto de clausura de la Assemblea Constituent del Separatisme Català. Aquella convención, que había sido inaugurada el 30 de septiembre anterior, redactaría y aprobaría la Constitución Provisional de la República Catalana ―la primera carta magna republicana de la historia de Catalunya―. El organizador, anfitrión y artífice de aquella convención fue Josep Conangla i Fontanilles (Montblanc, 1875 – La Habana, 1965), que en aquellos momentos era el presidente del Centre Català de l'Havana.

El Centre Català de La Habana era una entidad fundada en 1882 por los catalanes de Cuba, que se había distinguido por su intensa tarea de promoción y divulgación de la cultura catalana y de la personalidad nacional de Catalunya. Tres décadas después de su fundación tenía un capital social de seis mil dólares (el equivalente actual aproximado a sesenta mil euros), reunía a más de seiscientos socios, y gestionaba una biblioteca propia con casi mil volúmenes. En 1908 había promovido la edición de la revista La Nova Catalunya. En 1915 había retirado la bandera española de los palos de la fachada. En 1916, con el Centre Balear, había creado un sistema propio de atención médica. Y en 1919 había adoptado la estelada como única bandera.

También en el Centre Català de La Habana se había creado la sociedad secreta Club Separatista Català núm. 1 (1922). Serían precisamente los miembros más destacados de esta sociedad (Claudi Mimó, Josep Murillo, Josep Conangla y Josep Pineda) los que en 1928 formularían a Macià (líder del partido independentista Estat Catalán) la necesidad de redactar una Constitución de la República Catalana. Aquel texto, entre otras cosas, definía la República Catalana como técnica y democrática inspirada en las democracias liberales: establecía el voto universal y secreto, un parlamento unicameral y la elección indirecta de un presidente. Y establecía, también, la obligatoriedad de hacer desaparecer "todo vestigio público del periodo de dominio colonial español" (como por ejemplo, las corridas de toros).