Tal día como hoy del año 1706, hace 220 años, clausuraban las Corts catalanas que se habían celebrado en el Palau de la Generalitat desde el 5 de diciembre del año anterior. Aquellas Corts, inauguradas, celebradas y concluidas durante la primera fase de la Guerra de Sucesión hispánica (1705 – 1715), estuvieron presididas por Carlos de Habsburgo —candidato de los países de la Corona catalanoaragonesa al trono hispánico—, por Francesc de Valls —president de la Generalitat de Catalunya— y por Francesc Nicolau de Sant Joan —consejero jefe de Barcelona, y que moriría asesinado tres semanas después en un extraño episodio que nunca se aclaró—. Aquellas Corts serían las últimas de la etapa foral. Después del conflicto, el régimen borbónico liquidaría todo el sistema constitucional catalán.

En el aspecto económico, aquellas Corts confirmaron la ambición proyectiva catalana hacia un estadio precapitalista. Se acordó potenciar la tradicional alianza con los principales socios comerciales de Catalunya —Inglaterra y Países Bajos—, prohibida y perseguida por el régimen borbónico (caso Jager, 1702-1704). Se acordó, también, dotar a Barcelona de un puerto franco y constituir la Companyia Nàutica Mercantil i Universal para potenciar la actividad exportadora catalana (alcoholes, textiles, armas y barcos). Y se acordó, también, que los barcos mercantes catalanes que comerciaban con la América hispánica ya no tendrían que pasar por el cuello de botella de la Casa de Contratación —el monopolio hispánico del comercio entre la metrópoli y las colonias.

Y en el aspecto político, aquellas Corts confirmaron la ambición institucional catalana hacia un estadio moderno al reconocer, en Catalunya, la naturaleza de sujeto político (la capacidad para decidir su futuro). Se dotó de validez jurídica a la Conferència dels Tres Comuns —la institución precedente del actual Parlament—, se acordó que el lugarteniente designado por el rey siempre estaría sujeto al ordenamiento jurídico del Principat y se acordó "excluir a perpetuidad la casa de Borbón de los derechos sucesorios del Casal de Barcelona". En un plano social, se decidió resolver el problema de los alojamientos de tropas hispánicas en casas particulares —que habían causado las formidables crisis del siglo anterior— acordando la construcción de cuarteles.

En el ámbito de los derechos individuales y políticos, se estableció el secreto de correspondencia y se proclamó que se crearía un aparato policial y judicial propio para Catalunya, de tal forma que los oficiales reales (del poder central) no podrían detener ni retener a los habitantes del Principat y no podrían investigar ni procesar a los miembros de la Generalitat, del Braç Militar de Catalunya, ni a los consellers municipales, sino que, si se tenía que hacer, lo haría la policía y la justicia catalanas. Los acuerdos tomados en estas Corts quedarían compilados en la actualización de las Constitucions de Catalunya, promulgadas y editadas a continuación, y serían vigentes hasta la ocupación borbónica francocastellana de 1714 y la imposición del Decreto de Nueva Planta de 1717.