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La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) de mantener en la nevera la aplicación de la amnistía a Josep Maria Jové, presidente del grupo parlamentario de Esquerra Republicana, y Lluís Salvadó, director general del partido y mano derecha de Oriol Junqueras, tiene más que ver con obstaculizar temporalmente su aplicación que con un mensaje firme a los independentistas aún pendientes de la amnistía en diferentes juzgados, incluido el Tribunal Supremo. El auto de 3 de septiembre de la Sala Civil y Penal del TSJC está firmado por Jesús María Barrientos, Fernando Lacaba y Carlos Ramos y no presenta ningún voto particular. El caso de Barrientos es especialmente significativo: presidente del TSJC hasta 2025, continúa como magistrado y ha actuado como ponente. Fue muy crítico públicamente con la ley de amnistía cuando era presidente, llegando a afirmar que podía generar un riesgo sistémico de impunidad y por eso, Jové intentó sin éxito su recusación, que fue rechazada por el TSJC.

Es llamativo, aunque nada sorprende en el mundo de la judicatura, que, pese a que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) fuera muy clara y avalara el texto aprobado en el Congreso de los Diputados, todavía hay tribunales que dilatan su aplicación a políticos independentistas. El posicionamiento del TSJC es el siguiente: rechaza la petición de aplicarles ya la amnistía y mantiene vivas las cuestiones prejudiciales que el propio tribunal planteó al TJUE en 2024. Por tanto, no los excluye definitivamente de la amnistía: espera que Luxemburgo responda específicamente a su caso. El matiz, para Barrientos, Lacaba y Ramos, es este: la sentencia del TJUE del pasado 16 de julio lo que hizo fue avalar que la amnistía pudiera alcanzar la responsabilidad por fondos públicos del procés, al considerar que el Derecho europeo no se opone a ello cuando no están afectados fondos de la UE. Pero aquella sentencia respondía, estrictamente, a preguntas procedentes del Tribunal de Cuentas.

Una vez más se constata que nada debe darse por seguro en el mundo de la alta judicatura y que la lógica de las cosas acaba teniendo un valor relativo

Y, a partir de aquí, el TSJC se saca un conejo de la chistera y argumenta, en resumen, que esa sentencia les sirve para algunas dudas que tenían, pero no para todas, ya que la naturaleza del procedimiento penal contra Jové y Salvadó "difiere radicalmente" de los procedimientos sobre los que ya se pronunció Luxemburgo. Esto es especialmente relevante porque tanto Jové como Salvadó están acusados de malversación, prevaricación y desobediencia por la preparación del 1-O. El procedimiento, además, continúa suspendido mientras se espera la respuesta europea: no significa que ahora vaya a celebrarse inmediatamente el juicio. Políticamente, es un revés importante para ERC, porque después de la sentencia del TJUE del pasado mes de julio parecía mucho más despejado el camino para cerrar el caso, pero una vez más se constata que nada debe darse por seguro en el mundo de la alta judicatura y que la lógica de las cosas acaba teniendo un valor relativo. Y la decisión es tan sorprendente como firme: mantener suspendida la causa y esperar que Luxemburgo conteste específicamente sus preguntas.

No ha sido esta la única decisión del TSJC de la jornada. Barrientos y Lacaba, dos de los magistrados que hoy mantienen frenada la amnistía de Jové y Salvadó, son también los que han ejecutado el indulto de Laura Borràs después de que el Gobierno le concediera el indulto el 28 de julio y conmutara los 4 años, 6 meses y 1 día de prisión por 2 años, condicionado a no cometer delito doloso durante cinco años. Aquí, hay un matiz cuando menos curioso: no es que Barrientos y Lacaba hayan cambiado de criterio o se hayan vuelto favorables a una medida de gracia del Gobierno. Fue el propio tribunal que la condenó el que propuso el indulto parcial porque consideraba los años de condena desproporcionados y excesivos, especialmente porque no apreciaron que Borràs hubiera actuado buscando lucro personal. La liquidación de condena comunicada por el TSJC sitúa inicialmente el final de la inhabilitación política de Laura Borràs en 2038, aunque su defensa puede solicitar que se compute el tiempo que llevaba apartada del cargo público, lo que podría adelantar la fecha final. Lo que sí puede hacer Borràs es, una vez cerrado todo el procedimiento judicial y despejado su final, presentarse a cargos internos de Junts, su partido.