El juez de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, instructor del caso Villarejo, ha archivado la causa contra el presidente de la Fundación 'La Caixa' Isidre Fainé, el presidente de Repsol, Antoni Brufau, Repsol y CaixaBank.

Con relación a Fainé y Brufau, el juez acuerda en un auto el sobreseimiento provisional de la causa porque no se ha constatado su participación en la contratación de Cenyt, empresa propiedad del excomisario Villarejo. De hecho, la documentación aportada por CaixaBank y Repsol se desprende que la contratación no recaía en el ámbito de control del presidente, sino en el de sus directores de seguridad.

Por lo tanto, el juez ha concluido que "sin indicios que apunten al hecho de que los presidentes de las compañías intervinieran de manera directa en los hechos investigados, no es posible transferir a estos presidentes una obligación de supervisión y vigilancia corporativa, que está delegada en los órganos competentes para eso".

Además, el auto recuerda que en nuestro ordenamiento jurídico no cabe la responsabilidad objetiva en razón del cargo y, en este sentido, indica, no es posible mantener la imputación de los máximos responsables de las dos empresas por el mero hecho del cargo que ostentan "en ausencia de indicios sólidos de su participación directa o indirecta en los hechos investigados".

Repsol y CaixaBank, también desimputadas

Una vez analizadas las diligencias practicadas y, en concreto, la documental aportada, García-Castellón considera que tanto CaixaBank como Repsol tenían implantado, cuando se produjo los hechos, un sistema de prevención y cumplimiento eficaz, sin que las acusaciones hayan aportado elementos de cargo que permitan concluir la existencia de un defecto estructural en los modelos de prevención, vigilancia y supervisión vigentes en las compañías.

La documentación aportada, por lo tanto, agrega, "permite constatar que los mecanismos de prevención implantados existían y eran adecuados, con independencia de la final ocurrencia de los hechos objeto de investigación".

Por lo tanto, a juicio del magistrado, concurre el eximente de responsabilidad criminal prevista en el artículo 31 bis del Código Penal, dado que, a través de la documentación que se acompaña, y de las declaraciones de los representantes especialmente designados, consta acreditado que CaixaBank y Repsol contaban con un plan de cumplimiento normativo y cultura de cumplimiento implantados en la entidad en el momento de los hechos objeto de investigación. Las dos empresas contaban con medidas adecuadas para evitar la comisión de los delitos investigados dentro de su actividad, concluye.

El pasado 8 de julio, el juez imputó a Repsol y CaixaBank como personas jurídicas en la causa sobre los encargos realizados al excomisario José Villarejo, que habrían tenido como objetivo investigar al expresidente de Sacyr Luis del Rivero; Brufau y Fainé fueron imputados a mediados de abril.