El Tribunal de la sección octava de la Audiencia de Barcelona, ha absuelto a los 41 procesados por el caso Catalunya Caixa, entre ellos Narcís Serra y Adolf Todó, una vez ha considerado que los acuerdos del consejo de administración en los cuales se incrementó el salario de determinados altos cargos, a pesar de hacerlo en un contexto general de crisis económica aguda y en una particular situación de debilidad de la caja, no presentan carácter delictivo.

El juicio se celebró durante 28 sesiones entre el 4 de octubre y el 30 de noviembre de 2018, y ahora el tribunal ha dictado sentencia absolutoria de todos los delitos por los cuales fueron acusados los 41 procesados. Según recoge el primero de los Fundamentos Jurídicos: "los hechos declarados probados no son constitutivos del delito de administración desleal ni del de apropiación indebida sostenido por las partes acusadoras".

 

Los delitos de administración desleal y de apropiación indebida se entendieron así por las acusaciones por los acuerdos aprobados en varios Consejos de Administración de la entidad en los cuales, en plena crisis económica, con notable reducción de los beneficios, se incrementa el salario de algunos de los principales responsables.

El Tribunal no aprecia comportamiento delictivo ni en la decisión misma ni el proceso que lleva a la misma, por más que señala la evidente situación de recesión en la cual se produjeron las decisiones, entiende que los informes existentes en la causa y las testificales acreditan la inexistencia de elementos que permitan tipificar los acuerdos perseguidos como delito.