Los deportistas no podrán patrocinar actividades relacionadas con el juego y las casas de apuestas en estadios, instalaciones o recintos deportivos de cualquier tipo. Y tampoco se podrán hacer eco de ellas en camisetas o equipamientos deportivos.

Esta es una de las premisas que se incluyen en el borrador del real decreto de Comunicaciones Comerciales de las actividades del juego, que ha presentado el Ministerio de Consumo en febrero después de escuchar la sociedad civil, las instituciones y los grupos políticos, y que destaca que hay una "preocupación compartida por el aumento del juego de apuestas en la vida de generaciones jóvenes como forma de ocio".

El texto será presentado por el ministerio que dirige Alberto Garzón en la Comisión Europea con las nuevas modificaciones que ha sufrido el texto después de la preocupación mostrada por los grupos parlamentarios sobre los riesgos que implica la sobreexposición a la publicidad de apuestas y juegos de azar a través de los medios de comunicación de masas e Internet.

De Jong Morales Griezmann Llevant Barca EFE

El Levante, con publicidad de 'Betway' en la camiseta

En la nueva versión del borrador de Consumo destacan estos nuevos pasos:

  • Los anuncios de apuestas en radio, TV y plataformas de intercambio de vídeo únicamente podrán emitir entre la 01.00h y las 05.00h
  • Se prohíben las promociones de captación de clientes (bonos de bienvenida)
  • No será admisible el patrocinio en camisetas o equipamientos deportivos
  • La publicidad de los operadores de juego no podrá ir dirigida directa o indirectamente a las personas menores de edad ni podrán ser destinadas a la persuasión o incitación al juego de este colectivo
  • La publicidad tiene que incluir la advertencia que las personas menores de edad no podrán participar en actividades de juego con advertencias como "menores no", "+18" o similares
  • Los contratos de patrocinio en que participan operadores de juego suscritos antes de la aprobación del real decreto se adaptarán a lo previsto en él en el plazo de tres meses desde su entrada en vigor
  • Las entidades que publiciten en operadores de juego en redes sociales con perfil de usuario sólo podrán hacerlo en aquellas que dispongan de mecanismos para evitar que estas comunicaciones se dirijan a menores de edad