Un gran estruendo empieza a derribar la casa blanca. Las leyes son claras y el Real Madrid se expone a una severa sanción que podría llegar a comportar el descenso de categoría y la obligación de jugar en Segunda División. También en el caso de confirmarse las irregularidades del presunto dopaje de Sergio Ramos, el mismo futbolista se expone a una inhabilitación de entre dos y cuatro años. Las revelaciones de Football Leaks dejan al defensa andaluz y al club madrileño en el centro de todas las miradas.

La Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, correspondiente a la protección de la salud del deportista y la lucha contra el dopaje en la actividad deportiva, es muy directa en la aplicación de la normativa. Sergio Ramos, que incurrió en un posible delito de dopaje por haber dado positivo por dexametasona en la final de la Champions League del 2017, también tiene sobre la mesa dos casos filtrados donde la práctica no fue la adecuada en la Liga española.

Irregularidades en la Liga

Las revelaciones de Football Leaks apuntan que el 1 de febrero del 2017 la UEFA realizó un control sorpresa a diez jugadores del Real Madrid y, Cristiano Ronaldo, visiblemente enfadado porque él siempre era el jugador testado, acabó forzando que los médicos del Madrid hicieran varias de las pruebas, una cosa ilegal, pero que los operarios de la UEFA dieron por bueno por culpa de la tensión existente aquel día.

Un primer caso que deja al Madrid tocado, pero que se añade a la segunda práctica irregular conocida a través de las filtraciones. La segunda vez que Ramos habría obviado el control antidopaje habría tenido lugar en abril del 2018, cuando, después de jugar contra el Málaga, el central blanco se duchó antes de realizar la prueba, un hecho que va en contra de las normas.

Sergio Ramos Real Madrid Champions Efe

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¿Qué consecuencias puede tener para Sergio Ramos?

Dos casos irregulares en la Liga Santander que dejan al Madrid y a Ramos en muy mal lugar. La ley podría ser contundente y podrían acabar perjudicando gravemente su futuro deportivo.

El artículo 22.1 de la ley citada anteriormente corresponde a la "Tipificación de infracciones en materia de dopaje". Y entre sus puntos se exponen posibles irregularidades que "se consideran como infracciones muy graves" y que coinciden plenamente con la descripción de los dos casos filtrados por Football Leaks:

Artículo 22. Tipificación de infracciones en materia de dopaje.

1. A los efectos de la presente Ley, se consideran como infracciones muy graves:

a) El incumplimiento de las obligaciones a que hace referencia el artículo anterior, que dé lugar a la detección de la presencia de cualquier cantidad de una sustancia prohibida, o de sus metabolitos o marcadores, en las muestras físicas de un deportista.

b) La utilización, uso o consumo de sustancias o métodos prohibidos en el deporte.

c) La evitación, rechazo o incumplimiento, sin justificación válida, de la obligación de someterse a los controles de dopaje tras una notificación válidamente efectuada.

d) La ayuda, incitación, contribución, instigación, conspiración, encubrimiento o cualquier otro tipo de colaboración en la comisión de cualquier infracción de las normas antidopaje mencionadas en el presente artículo.

e) La obstaculización, falsificación, interferencia o manipulación fraudulenta de cualquier parte de los procedimientos de control de dopaje. En todo caso, y sin perjuicio de otros posibles supuestos, se considerará que existe una infracción conforme a lo dispuesto en esta letra cuando el responsable incurra en las siguientes conductas:

– Obstaculizar o intentar obstaculizar la labor de un oficial de control de dopaje.

– Proporcionar información fraudulenta a la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte.

– Intimidar o tratar de intimidar a un testigo.

Ahora bien, una vez somos conscientes que las infracciones cometidas por el Real Madrid y Sergio Ramos están tipificadas dentro de la ley, tenemos que mirar las posibles consecuencias, que están recogidas en los artículos 23 y 24 de la misma ley del deporte contra el dopaje.

Únicamente mirando las consecuencias para el futbolista, en el caso de confirmarse una sanción menor, tipificada dentro del artículo 23 de la misma ley, el mínimo sería una multa económica de entre 3.001 euros y un máximo de 40.000 euros, dependiendo de la gravedad que se acabe sentenciando. Pero también se podría sancionar al futbolista con la suspensión de su licencia federativa por un periodo de entre dos y cuatro años.

Sergio Ramos Reguilón Real Madrid EFE

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¿Pero cuál podría ser la sanción para el Madrid?

En estos casos todavía no están claras cuáles habrían sido las posibles implicaciones del club. A todo esto, las multas también podrían ser mínimas o muy severas. Incluso, podría acabar comportando un descenso de categoría y la obligación de jugar en la Segunda División española.

Artículo 24. Sanciones a los clubes, equipos deportivos, ligas profesionales, entidades organizadoras públicas o privadas de competiciones deportivas, entidades responsables de instalaciones deportivas y Federaciones deportivas.

1. Cuando las infracciones muy graves previstas en el artículo 22.1 sean cometidas por los clubes, equipos deportivos, ligas profesionales, entidades organizadoras públicas o privadas de competiciones deportivas, entidades responsables de instalaciones deportivas o Federaciones deportivas se impondrá a los responsables de los mismos, en atención a la gravedad de los hechos, una o varias de las siguientes sanciones:

a) Multa de 30.001 a 300.000 euros.

Cuando en las referidas conductas esté involucrado un menor de edad, o en caso de reincidencia, la sanción será de 40.000 a 400.000 euros.

b) Pérdida de puntos, eliminatoria o puestos en la clasificación de la competición.

c) Descenso de categoría o división.

A estas alturas todo es una incógnita. El supuesto dopaje de Sergio Ramos y las prácticas ilegales del club blanco quedan expuestas y sobre la mesa. Football Leaks ha provocado que se ponga en marcha una bomba que podría acabar detonando dentro de la casa blanca.