El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado el recurso interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social 8 de Barcelona de julio, que, por primera vez, señaló el amianto como causante de la muerte de un trabajador jubilado del metro de Barcelona. En la sentencia validada por el TSJC se indicó que el contacto continuado con el amianto presente en túneles, vagones, talleres y diferentes componentes de los convoyes fue "con casi absoluta certeza" el origen del mesotelioma pleural que en 2019 puso fin a la vida del difunto, quien entre 1988 y 2008 prestó servicio en el metro.

En su sentencia, el TSJC, que califica de "exquisitamente razonada" la de primera instancia, concluye que "dados los múltiples sitios y elementos donde se encontró presencia de fibras de amianto [...] a juicio de esta Sala solo podría excluir la exposición en puestos de trabajo acreditadamente alejados de todos ellos, como podrían ser, entre otros, trabajos de oficina o taquillas".

Presencia generalizada de amianto en el metro de Barcelona

El extrabajador ocupó primero el puesto de auxiliar técnico en instalaciones eléctricas y posteriormente como especialista del servicio digital de voz y datos, en contacto con los convoyes y con el sistema eléctrico del metro de Barcelona. La sentencia del juzgado de instancia llegó a la conclusión de que el hombre estuvo en contacto con el asbesto durante 20 años sin protección ni controles sanitarios. Ahora, el tribunal ha rechazado las alegaciones del metro de Barcelona, afirmando que "no solo no ha acreditado la inexistencia de exposición, sino que hay datos más que suficientes para llegar a la conclusión contraria". El TSJC valora que el carácter profesional de la enfermedad que causó la muerte del exempleado solo se podría descartar en caso de que la empresa pudiera demostrar la inexistencia de exposición a este material.

De las conclusiones del TSJC al revisar el contenido de la sentencia y el recurso interpuesto por Metro de Barcelona, se desprende con toda contundencia que la presencia de amianto en las instalaciones y convoyes del metro barcelonés es "generalizada". De esta manera, la sentencia recoge que el amianto ha estado presente en "múltiples lugares y elementos donde se encontró presencia de fibras de amianto" hasta el punto de considerar con que una parte mayoritaria de la plantilla del metro podría haber sufrido un riesgo para la salud derivado de la existencia de amianto.

La sentencia del TSJC coincide con las del Juzgado de lo Social que señala que la empresa confirmaba la presencia de amianto y materiales que lo contienen en las instalaciones y los túneles del metro. Además, la sentencia constataba que estos materiales "han estado presentes en los trenes, en los motores o en las zapatas de freno, lo cual implicaba la liberación de fibras de amianto en el entorno, especialmente en los túneles". Con respecto a la presencia de fibras de amianto en suspensión en el aire de los túneles del metro y la medición desde el año 1987, la empresa consideraba que "no se detectó una exposición que supere el valor límite ambiental de exposición diaria (0,1 fibras/cm cúbico)". Sin embargo, el TSJC recuerda que "la aparición de los efectos crónicos por exposición al amianto es independiente de la dosis de exposición, de manera que es imposible establecer niveles de exposición seguros", así como "que no se alcancen determinados niveles de exposición no equivale necesariamente en qué no exista exposición".

Por su parte, Mireia García, abogada de Colectivo Ronda responsable de la sentencia, ha considerado "vergonzoso e increíble que Metro de Barcelona siga negando la evidencia de que buena parte de su plantilla ha estado expuesta al amianto en el puesto de trabajo, muy a menudo, sin la formación ni la protección adecuada". Para la abogada, "es urgente dejar de discutir lo que no admite discusión y ampliar el conjunto de medidas destinadas a vigilar la salud por riesgo derivado de la inhalación del amianto a la totalidad de los empleados y extrabajadores del Metro que han sufrido de manera efectiva la exposición al amianto, en lugar de seguir restringiendo el alcance del programa a un reducido colectivo de profesionales".