La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, ha emitido este viernes un bando municipal en el cual facilita que locales de ocio nocturno, como discotecas, salas de baile o karaokes, puedan funcionar temporalmente como bares.

Arran de las nuevas medidas decretadas en Catalunya que ordenan el cierre de todo el ocio nocturno, el bando establece la simplificación de la habilitación para desarrollar, con carácter temporal, la actividad de bar en establecimientos de ocio nocturno.

"Las personas titulares de los establecimientos habilitados para desarrollar las actividades de discoteca, sala de baile, salas de fiestas con espectáculo, bar musical, karaoke o discoteca de juventud pueden incorporar la actividad de 'bar' en su habilitación con carácter provisional y extraordinario".

Presentar una instancia

Como condiciones, el texto señala que los responsables de los locales tendrán que presentar una instancia al Ayuntamiento indicando gráficamente la ubicación de las mesas y sillas para el público y que la actividad se tendrá que desarrollar cumpliendo la normativa aplicable a los bares -sin cobrar ninguna tasa- y siguiendo todas las indicaciones del Procicat.

En cuanto a la duración, la habilitación prevista en el bando permitirá desarrollar la actividad de bar provisionalmente mientras estén en vigor las medidas que comporten la suspensión absoluta del ocio nocturno, y se podrá alargar hasta un máximo de un año.

Las nuevas restricciones

Desde este jueves los establecimientos y las actividades tienen que cerrar a las 00.30 h, las reuniones y los encuentros sociales se ven limitados a un máximo de diez personas y no está permitido comer o beber en grupo en el espacio público. ¿Qué se puede hacer y qué no con las nuevas medidas?

  • Todo cerrado a las 00.30 h. Se restringen los horarios de bares, restaurantes, tiendas, teatros, cines, auditorios, locales nocturnos... Cualquier actividad comercial, cultural o de ocio se acabará a las doce y media de la madrugada. Además, no estará permitida la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales entre las 22.00 y las 6.00 h.
  • Un máximo de diez personas. Las reuniones y encuentros tanto en espacios públicos como privados no podrán superar el límite de diez personas, excepto si pertenecen a la misma burbuja de convivencia. Al mismo tiempo, en el interior de establecimientos como bares y restaurantes el aforo máximo es del 50% y se podrán sentar juntas un máximo de seis personas, con las mesas separadas por dos metros.
  • Prohibido comer y beber en grupo en la calle. Las personas no podrán reunirse en la vía pública para comer o beber. De esta manera se evita que se hagan botellones o comidas de grupos en la calle, en plazas, parques o playas. Así, en el DOGC se recomienda que las administraciones cierren el acceso a los "espacios de pública concurrencia de titularidad pública" entre las 00.30 y las 6.00 h.
  • Sentados en los conciertos. Los acontecimientos culturales con la gente de pie y sin respetar la distancia de seguridad se acaban de momento. Las personas tendrán que permanecer sentadas y manteniendo las distancias si asisten a un concierto o cualquier otro tipo de actuación.

 

Foto principal: Una discoteca con los clientes con mascarilla / ACN