Barcelona empieza este jueves la aplicación del veto en los vehículos más contaminantes con la puesta en marcha de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE).

Estos vehículos no podrán circular por esta zona de siete de la mañana a las ocho de la noche los días laborables. La medida entró en vigor el 1 de enero, pero este jueves es el primer día laborable que se aplica. Durante la noche, fines de semana y festivos, la circulación no estará restringida y no se empezará a multar hasta abril. El Ayuntamiento de Barcelona calcula reducir la circulación diaria en 50.000 vehículos.

El primer día de la puesta en marcha de la Zona de Bajas Emisiones ha supuesto una caída del 11% del tráfico en el interior de Barcelona, el 15% en los accesos y el 12% en las rondas. El concejal de Emergencia Climática y Transición Ecológica, Eloi Badia, ha hecho esta "estimación" comparando los datos con las del 23 de diciembre del 2019, ya que ha considerado que es un día "parecido".

Badia también ha explicado que no se puede descartar ninguna nueva medida en la misma línea, como la restricción de los vehículos con etiqueta amarilla o la implementación de un peaje urbano.

Zona de circulación restringida

Si hasta ahora las restricciones se limitaban a los episodios puntuales de contaminación del aire, a partir del 2020 serán permanentes. La zona por la cual no podrán circular abarca un área de 95 km², que engloba todo el término municipal de Barcelona (excepto la Zona Franca y el barrio de Vallvidrera, el Tibidabo y les Planes), el municipio de l'Hospitalet de Llobregat y parte de los municipios de Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat y Sant Adrià de Besòs.

La ronda de Dalt y la ronda Litoral estarán libres de restricciones de circulación, es decir, los vehículos contaminantes podrán circular. Lo que no podrán hacer es coger una salida y moverse por las calles de la ciudad que están incluidas dentro de la ZBE.

Coches y motos, principales afectados

La medida discriminará en función de la clasificación ambiental de los vehículos establecida por la Dirección General de Tráfico (DGT), es decir, según su potencial contaminante.

Hay cuatro etiquetas: B (etiqueta amarilla), C (etiqueta verde), Eco (etiqueta verde y azul) y Cero emisiones para los vehículos eléctricos o híbridos (etiqueta azul).

Los vehículos que no cumplen unos requisitos ambientales considerados mínimos no tienen derecho a ninguna etiqueta de la DGT y son los que no podrán circular por la ZBE en los horarios fijados a partir del próximo miércoles.

Son mayoritariamente coches de gasolina anteriores a Euro 3 (matriculados antes del 2000), turismos diésel anteriores a Euro 4 (matriculados antes del 2006) y motos o ciclomotores clasificados como Euro1. También entrarán en esta categoría los vehículos históricos.

Las furgonetas, los camiones y los autocares y autobuses dispondrán de un año de moratoria, aunque no tengan el distintivo ambiental de la DGT. El Ayuntamiento espera que en este periodo las empresas renueven sus flotas, ya que a partir de enero del 2021 estarán sometidos a las mismas restricciones que los coches y las motos contaminantes.

Exenciones

Hay una serie de vehículos que están exentos de las restricciones aunque sean considerados vehículos contaminantes. Es el caso de los vehículos dedicados al transporte de personas con movilidad reducida y los que prestan servicios de emergencia y básicos como las ambulancias, bomberos, servicios funerarios, policía y cuerpos de seguridad del estado. También están exentos los vehículos que usan personas con enfermedades que les condicionan el uso del transporte público.

Aparte, las personas vulnerables que necesiten su vehículo para trabajar se beneficiarán de un año de moratoria.

Autorizaciones puntuales

Al margen de estas exenciones, la nueva ordenanza contempla también autorizaciones para situaciones particulares. Por ejemplo, vehículos con matrícula extranjera que cumplen los requisitos de emisiones pero no están en la base de la DGT, aquellos que tienen que acceder de forma puntual para prestar actividades singulares, como los feriantes, y también los que transporten personas para un tratamiento médico.

En todo caso, para disfrutar de alguna autorización, los titulares del vehículo tendrán que inscribirse previamente en el registro metropolitano antes de las doce de la noche del día anterior en el cual se quiera acceder a la zona. Si se trata de una urgencia médica, la autorización se podrá hacer a posteriori en un máximo de tres días.

Lectura de matrículas

El control del cumplimiento de las nuevas restricciones se hará básicamente vía un sistema de lectura de matrículas gracias a decenas de puntos de videovigilancia instalados en la ciudad, la plataforma tecnológica del Ayuntamiento con medios automáticos y los controles que ya tiene establecidos la Guardia Urbana.

A través de la lectura de matrícula se podrá comprobar si el vehículo dispone de etiqueta de la DGT o es un vehículo categorizado como contaminante. En todo caso, no es obligatorio llevar la etiqueta de la DGT enganchada al coche, ya que simplemente con la matrícula ya se puede saber la categoría ambiental del vehículo.

Infracciones y sanciones

Las infracciones serán clasificadas en leves (multa de 100 euros), graves (200 euros) y muy graves (500 euros) y los ingresos obtenidos por las sanciones se destinarán a financiar actuaciones por la movilidad sostenible. En caso de reincidencia, las sanciones se pueden incrementar un 30% respecto del mínimo.

Se considerará reincidencia si pasados 90 minutos desde la detección, se vuelve a detectar el mismo vehículo circulando de forma incorrecta por la ZBE. En este caso, se sancionaría con dos multas, la primera un 30% más que la segunda.

En todo caso, las multas no empezarán a ponerse hasta abril, ya que el Ayuntamiento establece un periodo de adaptación a la normativa de tres meses desde su entrada en vigor.