El concejal de Emergencia Climática y Transición Ecológica del Ayuntamiento de Barcelona, Eloi Badia, tendrá que declarar en calidad de presidente de la empresa pública Tersa, por la presunta comisión de un delito ecológico en relación con la emisión de partículas contaminantes de la incineradora de Sant Adrià de Besòs. Según ha informado la ACN, un juzgado de Badalona lo ha citado el próximo 11 de abril, junto con el jefe de explotación de la empresa que gestiona la incineradora, F.R.G., también investigado. Badia anunció en enero que no se presentará de nuevo a las elecciones municipales del 28 de mayo.

La investigación del juzgado empezó el pasado mes de mayo, a raíz de una denuncia de la Fiscalía, y desde entonces han declarado varios testigos, incluido personal de la Generalitat. El juez también solicitó a la Dirección General de Calidad Ambiental de la Generalitat datos de emisión de contaminantes a la atmósfera desde el 2017 y un informe técnico. Badia presentó un informe que concluía que los niveles de calidad del aire en la zona donde se sitúa la incineradora están "dentro de los parámetros de la Unión Europea", después de haber medido el entorno de la incineradora durante los meses de noviembre del 2021 a enero del 2022.

El fiscal acusa Bahía y al jefe de explotación de la planta de tratamiento de residuos urbanos de un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, porque, entre 2015 y 2019, habría habido varios episodios de combustión irregular que habrían comportado la emisión de contaminantes en concentraciones superiores a las permitidas. La investigación arrancó en el 2018 por una denuncia de la coordinadora vecinal Airenet delante de la Fiscalía de Medio Ambiente por prácticas irregulares que provocaban niveles de emisión "muy elevados" de contaminantes, especialmente dioxinas y furanos.

La Fiscalía abrió investigación ese mismo año, que encargó al Seprona de la Guardia Civil. Aquella investigación concluye que el presidente y el jefe de explotación de la planta "habrían estado haciendo y/o tolerando conscientemente" una serie de prácticas "contrarias a la normativa ambiental aplicable", y que podrían estar suponiendo un riesgo "grave" para la salud de las personas que viven en el entorno, así como para el medio ambiente en general.

La normativa prevé que los residuos se tienen que incinerar a 850 grados durante como mínimo dos segundos, medidos en la pared interior de la cámara o en otro punto representativo previa autorización del órgano competente. Pero de la investigación se desprende que la empresa no hacía el control de temperatura conforme a este precepto, sino que utilizaba un algoritmo basado en unas fórmulas sin que constara que hubiera sido validado por la autoridad competente. Así, no se habría podido controlar la temperatura de las incineraciones de la manera que marca la normativa, y eso podría haber comportado la emisión de contaminantes en concentraciones superiores a las permitidas.