El juzgado contencioso administrativo número 9 de Barcelona obliga al Ayuntamiento de Badalona a colocar la foto del Rey en la Sala de Plenos.

El juez recibió hace dos años, el 23 de diciembre del 2015, un recurso de la Delegación del Gobierno en Catalunya denunciando la "inactividad" del consistorio badalonés y pidiendo que se le obligara a "colocar el retrato de Su Majestad el Rey en un lugar preferente y de honor del salón de plenos".

El Ayuntamiento alegó en un primer momento que ni la Ley 7/1985, ni la Ley municipal y de Régimen Local de Catalunya "establecen la obligación de colgar efigies reales" y que "ninguna otra norma de rango de ley estatal o autonómica regula la obligación de colocar las efigies reales en los ayuntamientos, a diferencia de lo que sucede con las banderas". Y que la competencia de régimen local es exclusiva de la comunidad autónoma.

Pero el juez defiende que la competencia que el Estatuto de Catalunya atribuye a la Generalitat en materia de régimen local "no excluye que el Estado pueda dictar normas básicas, igualmente en materia de régimen local".

Si el Ayuntamiento de Badalona no quiere colgar la foto del Rey, todavía tiene una vía judicial. La sentencia permite presentar un recurso en el plazo de 15 días.