El Consejo de Ministros, a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueban determinadas medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico, que recupera varias disposiciones del Real Decreto-ley 7/2025, el conocido como 'decreto antiapagón' que fue derogado por el Congreso de los Diputados el pasado mes de julio, como las que reforzaban a Red Eléctrica de España (REE), el operador del sistema eléctrico, y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

En su última sesión antes del verano, la Cámara Baja tumbó el plan antiapagón de medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico tras el 'blackout' del 28 de abril y sus medidas de despliegue de inversiones en renovables o descarbonización de la industria, que el Gobierno ha ido recuperando de manera troceada o por distintas fórmulas, como en este caso el Real Decreto.

De esta manera, el Real Decreto que ha visto la luz este martes en el Consejo de Ministros recupera las funciones de supervisión y control que se potenciaban para Red Eléctrica y la CNMC, y que decayeron en su trámite parlamentario en julio.

Así, se establecen medidas de supervisión y control sobre las obligaciones de control de tensión de los agentes del sector eléctrico, reforzando así las funciones de la CNMC, que deberá, en un informe trimestral de carácter público dar cuenta de esta cuestión, clave para el adecuado funcionamiento del sistema eléctrico, informó el Ministerio en un comunicado.

Además, el regulador también completará un plan de inspección extraordinario de las capacidades de reposición del suministro, que repetirá cada tres años.

En lo que respecta a Red Eléctrica, elaborará propuestas de modificación normativa sobre las respuestas frente a las oscilaciones de potencia, sobre la velocidad de variación de tensiones, sobre la programación de las restricciones técnicas y sobre otros elementos, así como la definición de un procedimiento para monitorizar incidentes, y otro procedimiento para coordinar los planes de desarrollo de la red de transporte y la red de distribución.

Estas propuestas técnicas del operador del sistema deberán estar listas en plazos de tres a seis meses; las reformas normativas subsiguientes serán analizadas por parte de los organismos competentes y, en su caso, tras las correspondientes valoraciones, las aprobarán en menos de seis meses.

Impulso del almacenamiento

El decreto también recupera las medidas para impulsar la incorporación al sistema eléctrico del almacenamiento de energía, que debe alcanzar una potencia de 22,5 gigavatios (GW) en 2030, según las previsiones del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030.

De esta manera, se prioriza las hibridaciones de módulos de almacenamiento con plantas de generación cuando aquellos se ubiquen en el terreno ocupado por la instalación original, ya antropizado, mediante disposiciones asociadas a la definición de la potencia instalada y la agilización de la tramitación.

Por otra parte, al objeto de impulsar la electrificación, la norma fomenta la conexión a las redes de nuevas actividades económicas, principalmente industriales, al fijar la caducidad de los derechos de acceso y conexión para demanda a los cinco años de haber sido otorgados, previniendo el acaparamiento y la especulación.

En esta misma línea, las peticiones de acceso y conexión para demanda deberán identificar el código CNAE de la actividad a desarrollar, que tendrá que ser la misma cuando, posteriormente, se firme el correspondiente contrato de acceso.

También se busca impulsar la demanda de electricidad al acotar los plazos de respuesta de las distribuidoras a la hora de poner en marcha las extensiones de red, por ejemplo, para la recarga de vehículos eléctricos.

En suelo urbanizado con las dotaciones y servicios requeridos por la regulación urbanística, las compañías tendrán un plazo de cinco días si no hay que ampliar la red, de 30 días si se precisa esta ampliación, de 60 días si hay que construir un centro de transformación y de 80 días como máximo si hay que construir varios centros.

Además, el decreto incorpora otros elementos de contenido técnico al ordenamiento jurídico, como son la definición de repotenciación de la normativa europea -a grandes rasgos, la renovación de instalaciones con nuevas tecnologías- y el desarrollo, en el plazo de nueve meses, de una hoja de ruta nacional para la dinamización de la repotenciación.

El gabinete dirigido por Sara Aagesen señaló que esta hoja de ruta podrá incluir objetivos estratégicos, en línea con los compromisos europeos, y medidas técnicas, regulatorias y financieras para incentivar la sustitución de los equipos e incrementar la eficiencia y la producción de energía.

Plataformas de I+D

La norma aprobada por el Consejo de Ministros también desarrolla el régimen de autorización de las plataformas de I+D+i para probar prototipos de máquinas de generación o almacenamiento, de tal forma que baste con obtener una autorización de explotación para desconectar un prototipo y conectar otro.

Igualmente, se unifica y aclara la regulación sobre las autorizaciones de puesta en servicio de instalaciones de generación y almacenamiento, y se regulan distintas situaciones, como, por ejemplo, cuando varias instalaciones comparten infraestructuras de evacuación y tienen que cumplir distintos hitos de tramitación.