La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha presentado un recurso contra la ordenanza del Ayuntamiento de Barcelona que regula el comercio electrónico, la llamada tasa Amazon, que implantó el anterior gobierno municipal de Ada Colau.
El organismo que preside Cani Fernández Vicién considera que la normativa del Ayuntamiento de Barcelona “distorsiona la competencia” por gravar únicamente las entregas de bienes adquiridos por Internet.
Esta ordenanza municipal grava a los operadores postales por utilizar el espacio público para aparcar los vehículos que entregan compras a domicilio adquiridas a través de Internet. Solo se aplica a los operadores que facturan más de un millón de euros anuales por sus entregas en Barcelona. Afecta especialmente a Amazon, pero también a otras grandes compañías como Correos Exprés, Seur, DHL o UPS. Esta ordenanza fue aprobada en el pleno del Ayuntamiento de Barcelona del pasado febrero a instancias del grupo liderado por Colau. Calculaban que les aportaría unos ingresos de 2,6 millones de euros anuales.
En un comunicado, la CNMC señaló que, antes de interponer el recurso, solicitaron al consistorio barcelonés que anulase los aspectos “desproporcionados” de la ordenanza. Considera que contiene medidas que “obstaculizan la competencia e introducen distorsiones en los mercados de la distribución comercial minorista y en el mercado de la distribución postal”.
Concretamente, Competencia ha impugnado que la tasa grave el uso del espacio público urbano para las entregas de bienes en el domicilio de los consumidores, pero solamente cuando los productos se hayan comprado por Internet.
Sin embargo, esta tasa no se aplica a las entregas a domicilio de bienes adquiridos en tiendas físicas o mediante venta telefónica ni a las entregas que no haga un operador postal, aunque se trate de una compra hecha mediante comercio electrónico. Un ejemplo sería la entrega de una compra de un comercio mediante una furgoneta de reparto del propio comerciante, aunque se haya realizado por Internet. La CNMC entiende que “se trata de medidas desproporcionadas y que distorsionan la competencia al aplicarse de forma desigual según la forma de comprar y entregar los bienes”.
Los operadores postales con una facturación anual inferior a un millón de euros quedan exentos de la tasa. Sobre este punto, la CNMC mantiene que esta exención “distorsiona la competencia y no está justificada”. Añade que los propios estudios utilizados por el Ayuntamiento de Barcelona concluyen que no existe evidencia de que los operadores con una menor facturación utilicen menos el dominio público que los operadores con una facturación superior.
La CNMC recuerda que está legitimada para impugnar los actos administrativos y las disposiciones con rango inferior a la ley que supongan obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados.