El Gobierno aprobó el pasado mes de junio el nuevo Plan Estival, con el objetivo de reforzar la prevención frente al estrés térmico en el entorno laboral. La norma introduce medidas obligatorias que buscan adaptar las condiciones de trabajo durante episodios de calor extremo y reducir los riesgos para la salud de los trabajadores. Además, contempla sanciones en caso de incumplimiento por parte de las empresas.

Obligaciones

Una de las principales novedades del Plan es la incorporación de obligaciones vinculantes: la evaluación de riesgos térmicos pasa a ser exigible, al igual que la adaptación de horarios, las pausas para hidratación o la suspensión de tareas en entornos sin climatización. También se reconoce un permiso retribuido de hasta cuatro días por riesgo climático, y se contempla la posibilidad de activar un ERTE si la situación se prolonga. En este sentido, María Torres Ramos, Manager de Laboral en RSM, valora que “el Plan Estival supone un paso importante porque convierte en obligaciones lo que antes eran recomendaciones. Introducir sanciones y medidas concretas refuerza la protección de los trabajadores, especialmente en sectores vulnerables”.

Ausencias de derechos

Sin embargo, la aplicación del plan queda limitada a contextos de alerta oficial de nivel naranja o rojo por parte de AEMET. Esto deja fuera a numerosos episodios de calor intenso que no alcanzan ese umbral, pero que igualmente pueden representar un riesgo real. 
“Uno de los principales puntos débiles del plan es que deja sin cobertura legal muchas situaciones intermedias. Esto genera inseguridad jurídica y complica la actuación preventiva de las empresas”, señala Torres Ramos.
 
A ello se suma una dificultad práctica: muchas compañías aún no cuentan con evaluaciones específicas de riesgo térmico ni con protocolos internos adaptados. La falta de formación, de información y de documentación adecuada puede convertirse en un obstáculo para la implementación efectiva de la norma. “En nuestra experiencia, detectamos carencias estructurales en materia de prevención frente al calor. Esto hace que, pese a que el marco normativo mejore, su aplicación real sea limitada si no se refuerzan los recursos y la concienciación empresarial”, advierte la experta de RSM.
 
El Plan Estival impone nuevas obligaciones para las empresas. Estas deben evaluar el riesgo térmico dentro de su plan de prevención, adaptar jornadas, garantizar medios de protección adecuados (agua, ropa, sombra) e informar a los trabajadores sobre las medidas disponibles. Además, deben estar preparadas para gestionar solicitudes de permiso climático, evaluando cada caso y ofreciendo alternativas como el teletrabajo si procede. En este punto, Torres Ramos recuerda que “el permiso retribuido por riesgo climático requiere una evaluación individualizada y bien documentada. No basta con tener la voluntad de aplicarlo: las empresas deben tener listo un procedimiento claro y criterios objetivos para concederlo o denegarlo”.

Sectores con mayor riesgo

Los sectores más expuestos al calor (como agricultura, construcción, jardinería, hostelería al aire libre o recogida de residuos) deberán adoptar medidas específicas. Evitar la actividad entre las 12:00 y las 17:00 horas, establecer turnos rotatorios y pausas frecuentes, revisar los equipos de protección y adecuarlos a altas temperaturas son algunas de las pautas más recomendadas. En caso de recibir una carta de advertencia de la Inspección de Trabajo, las empresas deben actuar con rapidez. Revisar la evaluación de riesgos, actualizar la documentación y demostrar que se ha formado al personal serán aspectos clave para evitar sanciones.
 
“Una de las claves para afrontar con garantías una inspección es tener todo correctamente documentado: protocolos, medidas, formaciones. Si no se puede acreditar lo que se ha hecho, no sirve de nada haberlo intentado”, concluye la experta. El Plan Estival representa, en definitiva, un avance en la protección frente al calor extremo en el ámbito laboral. Pero su eficacia dependerá de cómo se implemente en la práctica y de la capacidad de las empresas para integrar estas medidas de forma real y no solo formal.