Aunque la nueva ley de vivienda española no lo recoge, los propietarios de viviendas de los municipios tensionados catalanes están obligados a publicar en sus anuncios el precio que marca el índice de referencia y también el precio que tenía el último contrato de alquiler de la vivienda publicada. El Tribunal Constitucional tumbó en marzo de 2022 los artículos 1.6 a 13, 15 y 16.2, de la ley catalana que permitían al Govern regular los precios del alquiler por considerar que no es su competencia, pero no el 59, 61 y 125, que son los que obligaban a publicar el índice de referencia y el precio del contrato anterior de alquiler en los anuncios.

Con la entrada en vigor desde el sábado pasado del nuevo índice, que prohíbe las subidas y limita los precios a los grandes tenedores y a quienes pongan nuevos pisos en el mercado, esta información vuelve a cobrar sentido y fuentes del Govern advierten de que estudian cómo sancionar a quienes no los publiquen. 

Desde el sector inmobiliario, coinciden en señalar que existe una importante "confusión" entre las leyes vigentes. El abogado y portavoz de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (API), Carles Sala, explica a ON ECONOMIA que acepta que existe una obligación de publicar de acuerdo a la ley catalana, aunque no está muy claro. El manual de la API recomendará, por si acaso, a los profesionales del sector que incluyan en los anuncios tanto el precio del índice como el del último contrato de alquiler firmado por la vivienda. "Existe una contradicción muy grande entre las administraciones de cara al ciudadano que deberían aclararse", lamenta Sala, que cree que la API está haciendo "una tarea informativa que la administración debería haber hecho". 

Como muestra de la confusión, fuentes de Fotocasa aseguran que "al contrario de lo que pasó en la ley catalana de contención de rentas de Catalunya de 2020, en este caso los portales inmobiliarios no tenemos ninguna obligación como plataforma de publicación de los anuncios".

Dudas sobre la publicidad

"No tenemos muy claro si tenemos que publicar el índice estatal o el índice catalán. En teoría, por la normativa no sería necesario publicarlo si eres pequeño tenedor, pero hemos dicho a los profesionales que informen del máximo, que no cuesta nada ser transparente, hasta que se aclare la propia administración", abunda Sala. Por ahora, ningún anuncio consultado por ON ECONOMIA en portales inmobiliarios cuenta con toda esta información. Idealista recoge en sus anuncios el precio del índice, pero no el del contrato anterior, mientras que Fotocasa mantiene la categoría del índice catalán en los anuncios, pero en la mayoría de casos sin rellenar con un precio. En Pisos.com, tampoco recogen estas informaciones, pero su portavoz Ferran Font explica que se encuentran "intentando averiguar" las obligaciones para enseguida ponerlo en marcha. 

Desde el Govern, aunque insisten en que la publicidad es de obligado cumplimiento porque el Constitucional no tumbó estos artículos, reconocen la dificultad para poner sanciones a quienes no lo hagan público, y estudian vías para hacerlo. Echan de menos que la ley española haya sido igual de clara al respecto con tal de facilitar el marco sancionador. Y, por ahora, señalan que las sanciones podrán tramitarse a través del Departament de Consum o por la vía judicial si existen denuncias, que serán también las vías para quienes incumplan la ley en los contratos. 

El pasado sábado, entró en vigor en los 140 municipios propuestos por la Generalitat (único gobierno autonómico que se ofreció a regular) el nuevo índice de regulación del alquiler, que, de acuerdo con la ley de vivienda aprobada en mayo y mediante datos del promedio del precio del alquiler, calcula una horquilla de lo que se paga en cada zona para que no se supere este precio. Ahora bien, tan solo los grandes tenedores y los pequeños tenedores que pongan el piso en alquiler por primera vez o por primera vez en los últimos 5 años deben bajar el precio al renovar un contrato si supera este índice. El resto, eso sí, no pueden subir el precio por encima de un 3% en nuevos contratos, ni siquiera si los inquilinos pagan un precio por debajo de lo que marca el índice. 

La entrada en vigor del nuevo índice ha sido celebrada con algunas críticas por entidades que representan a los inquilinos como el Sindicat de Llogateres, pero ha puesto en alerta al sector inmobiliario, que asegura que espantará a los inversores y reducirá aún más la oferta disponible. Por ahora, el índice no ha provocado una gran bajada de los precios en los anuncios, donde no figura si el piso es nuevo en el mercado de alquiler ni tampoco si el propietario es gran tenedor, por lo que no se puede saber en cada caso si se está incumpliendo la normativa a no ser que se haga una mínima investigación sobre el propietario. Desde Fotocasa, de hecho, argumentan que el hecho de que el propio portal "no tiene acceso a la información sobre si el propietario es gran tenedor o no" hace imposible exigir esta información. 

Los artículos de la ley catalana

"Cuando estuvo en vigor la ley catalana dimos esta información, no hay ningún problema. Pero ahora estamos intentando averiguar hasta qué punto los promotores tienen que informar del precio anterior y de si es zona tensionada, si deben hacerlo solo los propietarios y qué responsabilidad tienen los portales inmobiliarios. En cuanto quede aclarado, actuaremos al respecto".

La Ley catalana de Vivienda 18/2007, en el artículo 125, apunta como infracción "hacer publicidad de vivienda sin hacer constar los datos obligatorios que establece esta ley" y precisa: "No hacer constar el índice de referencia de precios de alquiler de vivienda o, si es preciso, el importe de la renta del contrato de alquiler anterior, en la publicidad de viviendas para alquiler que incluya el precio del alquiler". Como el Constitucional tan solo tumbó los artículos 1,6 a 13, 15 y 16.2, tanto el Govern como el Sindicat de Llogateres considera que el resto de artículos siguen vigentes y no entran en conflicto con la nueva ley y el nuevo índice y que, por tanto, los propietarios están obligados a publicar esta información relevante a la hora de firmar un contrato. 

Cuatro días después de la entrada en vigor del índice, los precios anunciados siguen por encima del mismo y los portales aseguran no haber notado aún una bajada de precios sustancial. "De momento no hemos notado cambio. Vamos a sacar el observatorio de forma trimestral para ver si hay cambios a la larga en los precios. Tardaremos en ver afectación, si la notamos, porque el índice aplicará a los nuevos pisos que entren en mercado o los de grandes tenedores. El resto podrá aplicar el precio del contrato anterior", apuntan fuentes de Fotocasa.