Más de tres millones y medio de autónomos en España tendrán que presentar la declaración de la renta en menos de un mes, desde el 8 de abril y hasta el 30 de junio. A diferencia de los asalariados, todos los trabajadores por cuenta propia están obligados a rendir cuentas a Hacienda por los ingresos del 2025 y es conveniente saber qué deducciones se pueden aplicar para pagar menos a la Agencia Tributaria o que devuelvan más.
Una de estas deducciones tiene que ver con las pernoctaciones fuera del hogar, siempre que haya sido por motivos de trabajo. Hacienda permite al autónomo aplicar una desgravación diaria de 53,54 euros si es dentro de España y de hasta 91,35 euros si se ha tenido que viajar al extranjero.
Hacienda, eso sí, establece un límite de 20 días de pernocta, lo que permite una deducción total anual de 1.070,80 euros, que es el máximo deducible por este motivo. Estas cuantías están diseñadas para compensar los costes adicionales de un viaje, como la alimentación y la estancia que surgen inevitablemente cuando un trabajador debe desplazarse fuera por motivos profesionales.
Para poder beneficiarse de esta deducción es imprescindible cumplir con una serie de requisitos, que además la Agencia Tributaria vigilará. Y es que todos los gastos que se realicen durante el viaje deberán poder justificarse debidamente con tickets de los pagos realizados en restaurantes y hostelería. Además, resulta esencial que estos pagos se realicen por vía electrónica para permitir una trazabilidad total de los fondos empleados en el viaje. Y por ello la normativa exige que existan facturas o justificantes legales que acrediten el gasto efectuado durante los días de trabajo fuera de casa.
Si el autónomo duerme fuera de su hogar, pero sus gastos reales no alcanzan el límite máximo de 53 euros, la deducción final se ajustará siempre a la cantidad que haya sido justificada. La legislación vigente también contempla el supuesto de aquellos trabajadores por cuenta propia que aun sin pernoctar fuera de su municipio, incurren en gastos de manutención.
En estos casos específicos, los autónomos tienen derecho a una desgravación con un límite máximo de 26 euros al día por sus comidas. De nuevo, el requisito más importante es que los gastos estén íntimamente relacionados con la actividad económica y se encuentren debidamente acreditados con sus correspondientes facturas.
Para aquellos autónomos que realizan desplazamientos frecuentes y cumplen con todos los requisitos de pernocta, la deducción total anual puede llegar a alcanzar cifras significativas de hasta 1.070 euros. La correcta justificación de estas dietas es el factor determinante para que las cantidades no tributen como un rendimiento del trabajo ante una posible inspección de Hacienda. Esta labor implica contar con documentos originales o digitalizados que acrediten de forma fehaciente que el gasto se ha producido y que existe una relación laboral directa.
Es por ello que los tickets y las facturas sirven para determinar la fecha exacta del pago y verificar la coincidencia temporal con los días que duró el viaje profesional del autónomo. También permiten identificar el lugar exacto y el establecimiento donde se llevó a cabo el consumo, lo que facilita enormemente el cálculo de las cuantías deducibles.
