Comienza la cuenta atrás para presentar la declaración de la renta. En un mes, el próximo 8 de abril, comienza el plazo para rendir cuentas ante la Agencia Tributaria por lo ganado en el año 2025. Las presentaciones se podrán presentar por la web, app o en oficinas físicas, hasta el 30 de junio. Y a quien le toque pagar, podrá hacerlo en varios plazos hasta noviembre si fracciona la deuda.
Sin embargo, no todo el mundo tiene la obligación de presentar la declaración de la renta y por eso es conveniente saber qué personas deben hacerlo y qué personas no, pero le puede interesar hacerlo. Desde TaxDown, una plataforma dedicada a ayudar al contribuyente a hacer la declaración, explican que hay seis supuestos en los que siempre se tendrá que presentar cuentas ante Hacienda.
El primero de ellos es el salario. En concreto, quienes hayan recibido unos ingresos superiores a los 22.000 euros durante el año 2025 con un solo pagador. O de 15.876 euros si has tenido más de un pagador, incluyendo el SEPE que cuenta como pagador.
Con respecto al SEPE hay una novedad este año, quien haya cobrado una prestación por desempleo durante 2025, ya no está obligado a declarar solo por ello (RDL 16/2025). La obligación dependerá únicamente de los límites generales de ingresos. Si se combinó paro con trabajo, el SEPE cuenta como un pagador más, por lo que se aplicaría el límite de 15.876 euros de varios pagadores.
También tendrán la obligación los autónomos, sin importar lo que hayan ingresado. Todos deben presentar la declaración de la renta de 2025.
En la lista de obligados aparecen también quienes hayan percibido el año pasado el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Por otra parte, tendrán que presentar la declaración quienes hayan ganado más de 1.600 euros al año por rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetas a retención en España. Por ejemplo, por ventas de fondos de inversión.
Así como los que han ganado más de 1.000 euros por tener un inmueble vacío, ayudas o subvenciones del Gobierno español, o por beneficios de inversiones en Letras del Tesoro.
Y finalmente, se incluye también en la lista de obligados a quienes hayan ganado más de 1.000 euros por rendimientos de actividades económicas (cualquier trabajo como autónomo), alquiler de una vivienda o una ganancia patrimonial no sujeta a retención como las ventas de criptomonedas, acciones y premios.
¿Quiénes no tienen que presentar la declaración de la renta?
Los de TaxDown aclaran que aquellas personas que en el año 2025 hayan ganado menos de 22.000 euros con un solo pagador, o menos de 15.876 euros si han tenido dos pagadores, no tendrán que hacer la declaración de la renta.
No obstante, alertan a quienes hayan estado en paro, de que además de estar obligados a hacer la declaración de la renta, también se considera como un pagador adicional. Y además de estos límites, tampoco pueden tener más de 1.500 euros de ingresos de otras fuentes.
Asimismo, destacan que, quien no esté obligado a hacer la declaración de la renta puede calcular el resultado antes de presentarla y ver si le sale a devolver y, en ese caso, le convendría presentarla pese a no tener la obligación.