Aquellos que perciben el salario mínimo interprofesional (SMI), que en este 2025 alcanza los 16.576 euros anuales, se librarán de tributar el IRPF y, además, aquellos que ingresen menos de 18.276 euros anuales se beneficiarán de deducciones.
Esta medida se acordó en el Congreso de los Diputados –concretamente, en su Comisión de Economía– hace unos días. No solo se eximió a los que perciben el SMI de tributar el IRPF sino que se suavizó este impuesto en los tramos de renta superiores hasta los 18.276 euros. Así se evitó la anomalía que hacía que los contribuyentes que superaban por poco los ingresos del SMI tributaban a un tipo marginal superior al 90%.
Con la reforma, los trabajadores que cobren un sueldo superior a los 16.576 euros del SMI y los 18.276 euros, se beneficiarán de una deducción, progresiva, de hasta 340 euros en la Declaración de la Renta.
Hacienda precisa que la deducción será de 340 euros íntegros cuando las rentas del trabajo no superen los 16.576 euros del SMI y que se irán rebajando progresivamente hasta los mencionados 18.276 euros. Se deberá restar a esos 340 euros el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 16.576 euros anuales.
Fórmula de cálculo
Así, según cálculos realizados por Europa Press, la fórmula de la deducción es la siguiente:
Deducción = 340 euros - 0,2 x (tus rendimientos - 16.576 euros)
Por ejemplo, si el salario anual de un contribuyente es de 17.200 euros, la diferencia con el SMI es de 624 euros. Al multiplicar esa cantidad por 0,2 (634 euros x 0,2 = 124,8 euros) y restarla a los 340 euros, da como resultado una deducción de 215,2 euros en la Declaración de la Renta, lo que reducirá la factura fiscal.
Aproximadamente, el 20% de los perceptores del SMI han tenido retenciones del IRPF en su nómina (alrededor de medio millón de trabajadores). Con la reforma, este impuesto quedaría totalmente exento para quienes ingresen el salario mínimo. No obstante, para que Hacienda devuelva el importe retenido durante este año, es necesario que el contribuyente presente la Declaración de la Renta en la Campaña de 2026, que corresponde al actual ejercicio de 2025.
Atención: si un perceptor del SMI no presenta la Declaración de la Renta, podría estar soportando una carga fiscal de hasta máximo 300 euros anuales. No obstante, con esta reforma, todos los perceptores del salario mínimo estarán exentos de pagar este impuesto, siempre que hagan la Declaración de la Renta.
Entre las normas aprobadas por el Congreso de los Diputados este junio también está la reforma que permitirá devolver este año, en un solo pago, el IRPF que los mutualistas jubilados abonaron de más y que les reconoció el Tribunal Supremo, corrigiendo así el plazo de cuatro años que estaba estipulado actualmente en la legislación.