Se acerca la fecha del 1 de enero de 2025 en qué entrará en vigor el supuesto especial de liquidez aplicable a planes de pensiones y que permitirá a los partícipes de un fondo retirar la totalidad de sus aportaciones si acumulan 10 años de antigüedad. Una norma que socava los cimientos del negocio de las gestoras de inversión especializadas en planes de pensiones. De ahí que la mayor parte de ellas, cerca del 80%, sean partidarias de eliminar o limitar esta norma que se aprobó en febrero de 2018, por Real Decreto.

Las gestoras consideran que esta opción desvirtúa el fin mismo de los planes de pensiones ya que apuntan que los partícipes se acogerán a este supuesto cuando tengan necesidades de financiación a corto plazo y con finalidades distintas de la previsión social, el fin mismo de los fondos de pensiones. Así se desprende de los datos de la XIII Encuesta sobre Planes de Pensiones Individuales, elaborada por el Observatorio Inverco, la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva.

Se advierte que la norma buscaba el fomento de este instrumento de inversión privada como complemento a las jubilaciones para los ahorradores de menos de 55 años porque los planes de pensiones no estaban suficientemente incentivados y por lo tanto no eran atractivos. Las gestoras admiten este planteamiento porque consideran que en España esta alternativa de ahorro para la jubilación no es atractivo para el ahorrador medio, en comparación con el resto de países de la Unión Europea, pero están descontentos con la fórmula diseñada.

“La libertad que tendrán los partícipes para retirar sus ahorros asimila las características de la inversión del plan de pensiones a las de un fondo de inversión o un depósito a plazo fijo”, explica Javier Díaz-Giménez, profesor de Economía del IESE y titular de la cátedra Cobas AM sobre ahorro y pensiones. El académico concretó que incorpora un elemento de incertidumbre en la estrategia que las gestoras aplican a las inversiones porque, acostumbradas a poder calcular con reglas fijas los plazos en qué los partícipes debían disfrutar de la disponibilidad de sus aportaciones, ahora deberán improvisar. “Eso implica que, aunque la regulación exige que haya un preaviso por parte del ahorrador, la gestora tiene la obligación de responder a la demanda y, por lo tanto, la presiona a tener capacidad de liquidez sobre un porcentaje muy alto de las inversiones”, asegura Javier Díaz-Giménez.

Es un desafío en toda regla sobre la administración de las gestoras, opina también Pablo Aumente, consultor de Analistas Financieros Internacionales (AFI). Las entidades “a medida que se acerque el plazo de 10 años de antigüedad del fondo, deberán adecuar la política de inversión del plan de pensiones o deshacer posiciones en mercado para generar liquidez, de modo que tenga una mayor proporción de dinero en depósitos y cuentas corrientes, para poder atender todas las potenciales solicitudes de recuperación del dinero”. Esa necesidad “limita las oportunidades de invertir en activos menos líquidos (como, por ejemplo, los mercados privados, activos alternativos o vehículos de inversión inmobiliaria) que permiten añadir más rentabilidad que la que se suele conseguir con las inversiones tradicionales", especifica el experto.

Hasta ahora, atendiendo a que el plan de pensiones es un vehículo de ahorro a largo plazo que tiende a asegurar una prestación de cara a la jubilación, el instrumento también incorporaba otras contingencias en las que se permitía la recuperación de los fondos; en caso de invalidez, fallecimiento, dependencia severa o gran dependencia, el desempleo de larga duración y la enfermedad grave del titular. A ellos se añadió el rescate de aportaciones con al menos 10 años de antigüedad, a partir del 1 de enero de 2025, cuando se cumplan diez años desde la entrada en vigor de la norma. En cuanto a la fiscalidad, se aplica la correspondiente a la de los planes de pensiones, es decir, el rescate tributa como renta del trabajo, con independencia de la contingencia que origine el cobro de la prestación.

Pablo Aumente añade otro aspecto importante que también alterará la operativa de las entidades de inversión y la administración de los planes entre las diversas entidades, cuando se realice una movilización de derechos consolidados de planes de pensiones entre gestoras. En concreto, los certificados anuales de posición en los planes de pensiones deberán diferenciar los derechos que son líquidos a partir de 2025 y los demás. “Especialmente cuando se produzca una movilización de un plan de pensiones a otro, ya que se tiene que producir el traslado del histórico de los movimientos del primero al segundo y ver en qué momento y en qué importe existe el acceso a la posibilidad de liquidez”, manifiesta el consultor de AFI.

Con este escenario, el 45% de las gestoras apuesta por una mejora de la fiscalidad en la prestación y por recuperar mayores límites de las aportaciones, para de ese modo incentivar el ahorro a través de estos productos, según la encuesta citada y realizada por el Observatorio Inverco.

Según los últimos datos referidos al pasado mes de noviembre, la rentabilidad de los planes de pensiones mantiene un comportamiento favorable, a tenor de la notable evolución de los mercados de renta fija y variable. Únicamente se reduce a la baja, en un 6,1%, la rentabilidad media anual. El resto de plazos registraron rentabilidades positivas, de manera que los contratados a 26 años registraron una rentabilidad media positiva del 2,6%; los de 25 años, del 2,3%; los de 20 años, del 2,5%; los de 15 años, del 1,6%; los de 10 años, del 2,9%; los de 5 años, del 1,1%; y los de 3 años, del 0,5%.

Así, el patrimonio acumulado a cierre del décimo mes de año se situó en 82.419 millones de euros, lo que supone 1.560 millones de euros más que el mes anterior, cuando el volumen era de 80.859 millones. El volumen estimado de aportaciones en noviembre fue de 138 millones, mientras que en el caso de las prestaciones fue de 205 millones, con lo que el volumen de prestaciones netas en el pasado mes alcanzaría los 67 millones.

Planes de pensiones de empleo

En cuanto a los planes de pensiones de empleo, con los que se pretende impulsar desde el ámbito público los planes colectivos que las empresas suscriben para sus trabajadores y favorecer así los planes colectivos frente a los individuales, solo el 8% de las entidades consultadas por Inverco lo valora positivamente, mientras que el 68 % cree que faltan estímulos.

En este apartado, en opinión de Pablo Aumente, advierte de que la norma que aporta liquidez a los 10 años profundiza en la diferenciación entre ambos instrumentos de ahorro. Atendiendo al hecho de que los planes de pensiones de empleo tienen una regulación diferente de los planes de pensiones individuales -ya que en el Sistema de Empleo este instrumento de ahorro emerge de un pacto entre la empresa o promotor y los representantes de los trabajadores- una amplia mayoría de los fondos constituidos no recogen el nuevo supuesto legal en sus especificaciones. La razón es la misma: se complica la administración y la consecución de objetivos de rentabilidad para los partícipes.

Sin desgravación fiscal, caen las aportaciones

La asociación Inverco ha recogido la valoración de las gestoras de planes de pensiones sobre   los límites desgravables que se aplicaran este 2022 y que se ha reducido a 1.500 euros anuales, contra los 2.000 euros de 2021 y los 8.000 euros vigentes en 2020. Queda claro que este incentivo fiscal ha perdido atractivo para el ahorrador, por ello, el 71% de las gestoras consultadas estima una caída superior al 10% en las aportaciones brutas en su entidad. Un 14% eleva la previsión del descenso hasta más del 30%, e incluso un 14% eleva esa previsión de caídas por encima del 30%. En conjunto, el 78% de las entidades cree que el volumen de aportaciones netas seguirá reduciéndose.