La prestación contributiva por desempleo es un derecho que solo se reconoce a los trabajadores que pierden su empleo por causas ajenas a su voluntad. La baja voluntaria, por lo tanto, impide el acceso al paro, dado que la persona renuncia a su puesto de trabajo de manera libre y consciente. En estos casos, el trabajador conserva las cotizaciones acumuladas, pero no puede solicitar la prestación hasta que no se dé una nueva situación que le permita recuperar este derecho.

La normativa establece, sin embargo, que un trabajador que ha dimitido puede recuperar el acceso al paro si, después de la renuncia, encuentra un nuevo empleo y este finaliza por una causa legal. Despidos, finalización de contratos temporales, expedientes de regulación de empleo o la no superación del período de prueba por decisión de la empresa son situaciones que permiten al trabajador acceder a la prestación generada con las cotizaciones anteriores. En estos casos, el derecho al paro se recupera, siempre que se cumplan el resto de requisitos.

Uno de los elementos que hay que tener en cuenta es el plazo que debe transcurrir entre la dimisión y la finalización del nuevo contrato. Si la nueva relación laboral se extingue antes de que pasen tres meses desde la renuncia voluntaria, el SEPE puede denegar inicialmente la prestación.

Pasado este período, y siempre que la pérdida del empleo sea involuntaria, el trabajador podrá solicitar el paro utilizando las cotizaciones acumuladas en sus diferentes períodos de trabajo. Además de encontrarse en situación legal de desempleo, el trabajador debe haber cotizado el tiempo mínimo exigido para generar la prestación. Con 360 días cotizados se obtienen 120 días de prestación, mientras que con 2.160 días, equivalentes a unos seis años, se alcanza el máximo de 720 días de paro. Estos períodos se cuentan a partir de las cotizaciones acumuladas a lo largo de la vida laboral del trabajador, independientemente de las interrupciones en el empleo.

El riesgo de simular un despido para acceder al paro

Ante la imposibilidad de cobrar el paro después de una baja voluntaria, algunas empresas y trabajadores optan por simular un despido disciplinario para permitir que el empleado acceda a la prestación. Esta práctica, que evita el pago de indemnizaciones y permite solicitar el paro de manera inmediata, constituye un fraude. Si el SEPE o la Inspección de Trabajo detectan que el despido ha sido pactado, el trabajador deberá devolver todas las prestaciones percibidas y perderá el derecho a continuar cobrando el paro.

Las consecuencias para la empresa también son significativas. La normativa prevé la pérdida de bonificaciones e incentivos fiscales durante un período de hasta seis años, además de sanciones económicas que pueden superar los 7.500 euros y alcanzar cantidades mucho más elevadas en función de la gravedad del caso. La simulación de despidos es una práctica que el SEPE persigue activamente, y las sanciones económicas pueden ser muy superiores al ahorro que la empresa haya podido obtener por no pagar la indemnización.

El Estatuto de los Trabajadores recoge determinadas situaciones en las que una baja voluntaria puede tener efectos equiparables a un despido. Entre estas excepciones figuran los cambios sustanciales en las condiciones de trabajo, los traslados forzados, el acoso laboral, los impagos o retrasos reiterados en el salario, y determinados supuestos de violencia de género. En estos casos, si las circunstancias quedan debidamente acreditadas, el trabajador puede tener derecho tanto a una indemnización como al reconocimiento de la prestación por desempleo.

La normativa exige que el trabajador pueda demostrar que su dimisión no ha sido voluntaria, sino que ha sido motivada por una conducta de la empresa que hace imposible la continuidad de la relación laboral. La acreditación de estas circunstancias requiere a menudo la presentación de pruebas documentales y, en algunos casos, la intervención de los tribunales. Si el juez reconoce que la dimisión ha sido justificada por alguna de las causas previstas en la ley, el trabajador podrá acceder al paro en las mismas condiciones que si hubiera sido despedido.