La campaña de la Renta ha dado el pistoletazo de salida y son muchas las cuestiones a tener en cuenta para hacer la declaración paso a paso. Uno de los interrogantes para los contribuyentes que hayan vendido una propiedad durante el ejercicio es cómo declarar correctamente las ganancias obtenidas por la transacción para no cometer errores.

Hay que tener en cuenta que la venta de un inmueble implica el pago de IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) a Hacienda, además del IBI y la plusvalía municipal, en el caso de que el valor del terreno urbano haya aumentado. En este artículo te explicamos todo lo que debes saber para incluir las ganancias por la venta de una propiedad en la declaración de 2023.

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Lo primero de todo es acceder a la página web de la Agencia Tributaria para empezar el proceso e iniciar sesión con tu DNI, NIE o tu certificado digital. Una vez dentro de la declaración a enviar, debes ir al apartado "Ganancias y pérdidas patrimoniales" y, cuando ya lo hayas localizado, el siguiente paso es ir al subapartado denominado "Inmuebles no afectos a actividades económicas".

En este bloque "es donde tendremos que incluir el valor de transmisión (precio de venta menos los gastos de la venta) y el valor de adquisición (el precio que pagó el contribuyente cuando compró la propiedad) para que se pueda calcular la ganancia (o la pérdida, en casos más raros) obtenida", explican los expertos de la plataforma TaxDown a ON ECONOMIA. 

Asimismo, necesitarás especificar la referencia catastral del inmueble, su situación (si es vivienda habitual), la fecha de transmisión y adquisición, así como las identidades del comprador y el vendedor. Es importante añadir que en el valor de adquisición se pueden sumar también las inversiones, gastos y mejoras que se hayan llevado a cabo en la propiedad

Las ganancias patrimoniales tributan en los tipos de ahorro

Al resultado obtenido se le aplica el porcentaje del tramo de IRPF acorde a tus ganancias. "Como cualquier otra ganancia o pérdida patrimonial, la venta de una casa tributa en los tipos del ahorro, que van del 19% al 26% dependiendo de la cuantía de la ganancia", señalan los expertos. 

Los tipos de ahorro se aplican de forma progresiva de la siguiente manera: para ganancias de hasta 6.000 euros, se tributa un 19%; entre 6.000 y 50.000 euros, un 21%; entre 50.000 y 200.000 euros, un 23%, entre 200.000 y 300.000 euros, un 26% (27% en la renta 2023) y las superiores a 300.000 euros, un 28%. De esta manera, por ejemplo, si has ganado 50.000 euros por la venta de tu casa y los has puesto en la renta sin otras inversiones, abonarás un 19% por los primeros 6.000 euros y un 21% por el resto, hasta los 50.000 euros.

Pero, ¿qué pasa si hemos perdido dinero con la venta de la propiedad? En este caso, "podremos compensar esta pérdida con otras ganancias patrimoniales que hayamos tenido ese año o en los próximos 4 años", explican desde TaxDown. Más allá de la tributación por las ganancias y de la cuantía a pagar, también existen una serie de circunstancias que se pueden aprovechar para deducciones de impuestos.

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De este modo, si la gestión de la venta la ha realizado una agencia inmobiliaria, podrás deducir el pago que has realizado por dicha gestión. En el caso de que te haya tocado pagar la plusvalía municipal, también puedes deducírtelo de la declaración, aunque para ello existe un plazo máximo de 30 días hábiles.

Además, podrás deducirte los gastos de IRPF por la venta de una vivienda en algunos casos específicos, como ser mayor de 65 años y vender tu vivienda habitual, haber usado el dinero ganado con la venta de tu vivienda habitual para comprar otra vivienda habitual o haber rehabilitado tu vivienda habitual. También podrás deducirte gastos de IRPF si eres una persona en situación de dependencia severa.

Venta en el extranjero

¿Y qué pasa si la venta de la vivienda ha sido en el extranjero? En este caso, también estás obligado a pagar IRPF por la transacción y deberás informar adecuadamente a ambos países. No obstante, el pago de este impuesto solo lo tendrás que realizar en un país, concretamente en el que la cuantía a desembolsar sea mayor.

Esto se debe a la deducción por doble imposición que se puede llevar a cabo por los convenios internacionales que tiene España. Por ello, se deducirá la menor cantidad entre el impuesto abonado en el extranjero por la ganancia obtenida y el resultado de aplicar el tipo medio de IRPF que se debería aplicar en España sobre dicho inmueble.