Las bonificaciones fiscales a propietarios e inquilinos contempladas dentro de uno de los reales decretos del Gobierno comportarán un coste de al menos 1.280 millones de euros. Así lo confirman a este periódico fuentes del Ministerio de Vivienda. Concretamente, señalan que la deducción del 10% en el IRPF con carácter general a los inquilinos beneficiará a 1,6 millones de contribuyentes y tendrá un coste mínimo de 950 millones de euros. En el caso de los propietarios, la estimación mínima del coste de esta nueva configuración de las bonificaciones se sitúa alrededor de los 330 millones de euros.
Según uno de los dos decretos ley aprobados por el Gobierno español (concretamente el que es más amplio y ha sido trabajado con los grupos parlamentarios, a pesar de no tener la convalidación garantizada), se aplicará una deducción por alquiler de la vivienda habitual a los contribuyentes con una base imponible inferior a 33.007,20 euros. La base máxima de deducción será de 11.630 euros para las rentas de hasta 23.007,20 euros y se reducirá a partir de este umbral. Además, el inquilino no podrá ser titular de otra vivienda a menos de 50 kilómetros. En cuanto a los propietarios que no sean grandes tenedores, la reducción del rendimiento neto del alquiler podrá llegar al 100% si rebajan la renta más de un 5%. Si la mantienen, la reducción será del 50%. Si la suben, quedará entre el 40% y el 15%.
Préstamos a interés cero para la primera vivienda
El decreto también crea el mecanismo Vivienda Tu Casa, gestionado por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), para complementar la hipoteca de quien acceda a su primera vivienda habitual. Los préstamos cubrirán el menor importe entre el 20% del valor de la vivienda y 50.000 euros, a un interés del 0% y sin comisiones. Se pueden devolver en un plazo de diez años, y una vez ya se haya pagado la hipoteca al banco "para asegurar que la cifra mensual no sea imposible", tal como trasladan fuentes del departamento encabezado por la ministra Isabel Rodríguez.
La línea se financiará con el presupuesto del Ministerio de Vivienda. Un nuevo acuerdo del Consejo de Ministros deberá fijar los beneficiarios, los límites y el importe inicial de la línea, que el decreto no concreta ni las fuentes del Ministerio consultadas avanzan. Las viviendas compradas con esta financiación quedarán sometidas permanentemente a un precio máximo de venta: el de adquisición actualizado según el IPC. Ahora bien, no hay estipulado ningún límite de precio si esta vivienda acaba entrando en el mercado del alquiler; solo aplicaría lo que marca la zona tensionada donde se ubicara, en caso de que la autonomía en cuestión aplicara la ley de vivienda.
La administración pagará la deuda de los inquilinos vulnerables
El decreto introduce la llamada enervación extraordinaria de la deuda en los desahucios por impago de inquilinos vulnerables. Si la administración no les ofrece una alternativa habitacional, dispondrá de dos meses para pagar o consignar toda la deuda reclamada. Mientras corra este plazo, el procedimiento quedará suspendido. Si la administración paga, el proceso terminará y el contrato continuará vigente. Si no lo hace, quedará subrogada automáticamente como deudora y no habrá lanzamiento. Fuentes del Ministerio remarcan que es una medida "estructural" y que "no hay límites a la enervación".
El Estado compensará a las autonomías por estos gastos, excepto los intereses de demora que se generen si una comunidad paga tarde. En el País Vasco y Navarra, la financiación se acordará de manera bilateral. Hasta el 31 de diciembre de 2030, en el resto de desahucios de personas vulnerables el tribunal podrá suspender el proceso. En estos casos, la administración deberá compensar a los propietarios que sean personas físicas o que se dediquen al alquiler asequible. La compensación cubrirá, como máximo, la renta dejada de cobrar y los suministros impagados.
La "decepción y preocupación" de Junts
Este miércoles, Junts se mostraba "decepcionado y preocupado" por la versión definitiva aprobada este martes en la reunión del Consejo de Ministros. Lamentan que ahora mismo los fondos buitre podrán seguir comprando (con algunos límites). Y también porque, según una interpretación que han hecho ellos del texto, si un propietario quiere dejar en herencia un piso de alquiler a su hijo, el inquilino podría ahora tener derecho a comprar el piso antes de que el hijo lo pudiera heredar". Fuentes del Ministerio de Vivienda, sin embargo, lo niegan taxativamente. Aseguran que esta interpretación habría sido correcta en una de las versiones anteriores del decreto que intercambiaron el Gobierno y Junts. Pero que este agujero se corrigió y que ahora esta interpretación del texto no se sostiene.
