“Quizás por pereza, por desconocimiento, porque comporta un coste o, incluso, porque está relacionado con la muerte, mucha gente no tiene testamento”, constata Laura Lobo, abogada especializada en familia y herencias, en un podcast del Instituto Europeo de Asesoramiento Fiscal (INEAF). Pero advierte de la conveniencia de realizar un testamento aunque no se posean propiedades de gran valor.

¿Es aconsejable realizar testamento?,¿cuándo lo debemos hacer?, ¿cuánto nos va a costar?, ¿qué es la legítima?, ¿es posible desheredar a un hijo?... la abogada responde a todas estas cuestiones.

Pese a que muchos creen que los testamentos son para los ricos o para los que acumulan propiedades, Laura Lobo aclara que no es así por muchas razones, entre las cuales destacan estas tres:

Reducen los costos burocráticos. El proceso de sucesión es “más fácil y rápido” cuando hay testamento y, encima, también más barato. Si no lo hay, se deberá tramitar una declaración de herederos ante notario, con la consiguiente demora y minuta profesional. Un testamento básico ante notario puede salir por 60 euros.

Permite que sea el testador quién decida cómo se distribuyen sus bienes porque, si no hay testamento, se aplicará lo que disponga la ley, que necesariamente no tiene porqué coincidir con lo que quería el finado.

• Puede ser una herramienta útil para evitar posteriores enfrentamientos familiares. Si el testador cree que la herencia puede generar conflicto, pueden realizar las disposiciones que se considere oportuno. Dispone de “mucha capacidad de decisión”.

De entrada, Lobo recuerda que las comunidades autónomas de Catalunya, País Vasco, Navarra, Galicia y Baleares cuentan con un derecho propio en materia de sucesiones, distinto al resto de España, donde se aplica el Código Civil o “Derecho común”. En este pódcast se refiere a este régimen común, aunque muchos de los preceptos pueden ser compartidos.

Estos son algunas de las cuestiones a tener en cuenta:

¿Se pueden heredar deudas?. Cuando se sucede a una persona, “no solo recibimos sus bienes, sino también sus obligaciones o deudas. Son muy comunes las deudas tributarias. Cuando alguien fallece –por ejemplo, en el mes de marzo– hay que hacerle la declaración del IRPF del año anterior. Si era autónomo, hay que hacerle la liquidación. El heredero asume esta obligación, aún más cuando hay deudas frente a terceros”. A veces, una herencia puede ser negativa porque hay más deudas que derechos o bienes. Aconseja tenerlo en cuenta antes de aceptarla.

¿Se pueden heredar responsabilidades por delitos? Las responsabilidades penales no se transmiten, pero sí las responsabilidades civiles. Por ejemplo, las indemnizaciones que se deben abonar a las víctimas.

¿Qué pasa si el fallecido no ha hecho testamento? “Hay quien tiene la idea de que no es necesario hacer testamento porque no s poseen bienes importantes. Pero conviene hacer testamento: la tramitación es más rápida. Si hay testamento, también es más barato el trámite. Si no lo hay, se debe tramitar una declaración de herederos, que tiene un coste superior ante el notario y lleva más tiempo”.

¿Cómo se reparte la herencia si no hay testamento? En este caso, “se distribuye la herencia conforme lo que diga la ley, pero si lo hay, es más fácil porque es el testador quien dispone como quiere dejar sus bienes”.

¿Quiénes son los ‘herederos forzosos’? Son los familiares del fallecido, primero sus descendientes y, si no tiene, sus ascendientes, o sea, los padres o abuelos si siguen con vida. El cónyuge también es un “heredero forzoso” o “legitimario”. Lo mínimo que recibe, que es la legítima, es un tercio de los bienes en usufructo, aunque se puede cambiar esta situación mediante el testamento. El usufructo es el uso y disfrute vitalicio de un bien, que podrá alquilar pero no vender.

¿Qué pasa si el fallecido no tiene familia? Si no hay parientes hasta el cuarto grado (cuatro generaciones), los bienes irán al Estado. “Pero es falso que si no haces testamento se lo queda todo el Estado. Esto solo ocurre si no hay familiares”.

¿Se puede desheredar a un familiar? “Es posible, pero es difícil”. Debe concurrir alguna de las causas que establece el Código Civil: por ejemplo, que haya sido condenado por atentar contra la vida del testador, cónyuge o descendientes; o haber acusado falsamente al testador de la comisión de un delito; o haberlo intimidado para cambiar el testamento. Estas son las causas generales, pero luego están las específicas: “para desheredar a un hijo, una de las causas es que haya negado alimentos a sus padres, que los haya maltratado de obra o injuriado gravemente”. Pero la cuestión de fondo, como subraya la abogada, “es que no solo se tiene que decir la causa, sino también probarla” para desheredar a un hijo o familiar.

¿Cómo se distribuye la herencia? En tres tercios: al primero se le denomina legítima estricta, que se da a los hijos a partes iguales; el segundo, llamado de mejora, permite dar más a uno o unos hijos que a otros; y, finalmente, está el tercio de libre disposición, que el testador decide a quien lo da y que puede incluir a terceras personas, instituciones o entidades benéficas. Si se constituye como herederos universales a los hijos, estos van a recibir toda la herencia. Pero si no hay testamento, no se puede dejar más a uno que a otro. Todos los hijos se consideran herederos, estén dentro o fuera del matrimonio.

¿Qué se puede decidir en un testamento? “Puedes decidir muchas cosas. Imagina que tienes hijos menores y te preocupas por quién los va a cuidar. Puedes nombrar un tutor. No se va a cumplir como tal porque, en última instancia, lo decidirá un juez. Pero es algo que se va a escuchar y se tendrá en cuenta”.

¿Qué impuestos se pagan? El de sucesiones y donaciones, cedido a las comunidades autónomas, y el de la plusvalía, que es municipal. “Cuando se heredan bienes urbanos hay que tener en cuenta el incremento de valor igual que si se tratase de una compraventa”. “Cuando se hereda de los padres, no se paga mucho porque los impuestos están bonificados, el problema es cuando se hereda de un tío, pariente lejano o amigo. En este caso no hay tanta bonificación y el impuesto sube. Incluso podría generar problemas para afrontarlo en determinadas situaciones”.