Toque de queda prorrogado hasta el 21 de enero en Catalunya. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha avalado hoy el mantenimiento del toque de queda, de la 1 de la madrugada hasta las 6 de la mañana, catorce días más, tal como le había pedido el Govern para intentar frenar el elevado número de contagios de la covid-19, que hoy suma 32.556 nuevos casos, según datos del Departament de Salut. La Fiscalía Superior de Catalunya, que se había opuesto a la primera restricción, ya informó ayer de que da apoyo a prorrogar la medida restrictiva ante los informes presentados por la administración.

En la primera resolución, el TSJC afirmó que la medida del primer toque de queda, del 23 de diciembre al 7 de enero, y la limitación de las reuniones a diez personas eran medidas "necesarias, idóneas y proporcionadas" ante la presión de la sexta ola de la pandemia y la tensión al sistema sanitario. Por eso, esta vez la fiscalía ha aprobado que se prorrogue dos semanas más y el TSJC ha validado esta restricción. Los datos aportados por el Departament de Salut al TSJC indican que se prevé llegar a las 700 camas de críticos después de Reyes, cuando ahora son cerca de 500.

En la resolución de hoy, la sala del contencioso–administrativo del TSJC destaca “el exhaustivo informe” elaborado por la Agencia de Salud Pública presentado al tribunal sobre la evolución de los contagios de la covid-19 y sus efectos en las personas y los centros de salud, y donde se detallan “26 características desfavorables”. Por todo esto, el TSJC afirma: “La preservación de derechos fundamentales como la vida, la integridad física y el derecho a la protección de la salud, representativos de un interés público común que, en plena pandemia adquieren un carácter esencial, su preservación, en consecuencia, tiene que tener un criterio principal, sin que frente a él se vislumbren otros derechos diferentes merecedores de mejor protección”.

El TSJC vuelve a reproducir jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, como también de su sala del 2021, en que se aclara que se pueden hacer restricciones de derechos fundamentales como el toque de queda sin que haya decretado el estado de alarma. Con todo, admite que las dificultades jurídicas serían menores, tanto para las administraciones sanitarias como para las salas del contencioso–administrativo, si existiera una regulación suficiente articulada de las condiciones y límites para restringir derechos fundamentales en situaciones de emergencia como  la actual. Con todo, manifiesta que las restricciones del toque de queda y el límite de reuniones a diez personas se pueden adoptar al amparo del artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986. El alto tribunal también avala el mantenimiento del pasaporte covid-19, puesto que el derecho en la vida se considera delante al derecho a la intimidad y la igualdad, porque el Supremo ya aclaró que no hay discriminación en estas personas porque pueden exhibir una prueba de antígenos para acceder a espacios, como por ejemplo bares y restaurantes.

 

Medidas

En concreto, la Comisión Delegada del Gobierno en materia de covid-19 aprobó pedir la prórroga de las medidas durante catorce días. Además, ha actualizado la lista de municipios donde se aplicará la restricción de la movilidad nocturna. La nueva lista incluye 124 municipios, y se han incorporado ocho más: Alcarràs, Castell-Platja d'Aro, Cunit, El Vendrell, Mont-roig del Camp, Salt, Torroella de Montgrí y Vilanova i la Geltrú. Se mantienen los nueve municipios isla que hay en la resolución vigente. Las medidas, que hasta ahora estaban en vigor hasta el 7 de enero, se han prorrogado hasta el día 21.

El objetivo de esta prórroga es mantener la reducción de la interacción social y el movimiento de la ciudadanía para frenar el ascenso de contagios y disminuir la presión asistencial sobre el sistema sanitario. La prórroga aprobada por el Procicat fue enviada al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que el 23 de diciembre ya avaló estas mismas medidas restrictivas.

De esta manera, ahora con el visto bueno del TSJC se mantendrá durante 14 días más la restricción de la movilidad nocturna, de la 1 de la madrugada hasta las 6 de la mañana, en los municipios de más de 10.000 habitantes con una incidencia acumulada a 7 días superior a los 250 casos por cada 100.000 habitantes.

Entre el resto de medidas que se mantienen, destaca la limitación de las burbujas y que el número absoluto no supere las 10 personas, tanto en el interior como en el exterior y tanto en el ámbito privado como en el ámbito público. La capacidad máxima en el interior de bares y restaurantes seguirá siendo del 50% (y del 100% en las terrazas), mientras que el aforo en comercios y empresas de servicios será del 70%, el mismo porcentaje que en instalaciones y equipamientos deportivos cerrados. Los locales de ocio nocturno permanecerán cerrados, mientras que el aforo de salas de concierto, teatros, cines, auditorios y circos con carpa será del 70%, porcentaje que también se aplica a salas de velatorio, entierros y otras ceremonias.

El Gobierno informa de que teletrabajo se mantiene como prioritario en la Administración de la Generalitat y se recomienda de manera firme en el ámbito laboral privado.

Además del toque de queda, el TSJC tiene que resolver la reclamación de sector del ocio nocturno para que derogue la medida del Govern de cerrar todos los establecimientos de noche. La federación Fecalon y unas 55 agrupaciones piden al tribunal que les permita abrir unas horas, así como los locales que no tienen pista de baile y con un aforo limitado, en los municipios donde no haya toque de queda.

Foto principal: Las calles de Barcelona vacías, con el toque de queda / Carlos Baglietto