Acuerdo sin unanimidad. El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha votado a favor de admitir el recurso de amparo presentado por el sindicato UGT-Madrid contra la resolución del delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid que prohibía manifestarse el día 8 de marzo de 2021 en la madrileña Plaza de Cibeles entre las 11 y las 14.30 horas. Madrid se convirtió en la única comunidad autónoma en que se prohibía esta manifestación, aduciendo que estaba vigente el segundo estado de alarma por la Covid-19, mientras que en el resto de grandes ciudades se permitieron concentraciones estáticas y controladas. No obstante, el tribunal de garantías ha informado este martes que por mayoría de siete votos en cuatro ha decidido no aprobar la ponencia de la magistrada Laura Díez que proponía desestimar el recurso de amparo del sindicato.

Ante esta votación, la ponente ha renunciado, y el presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido ha nombrado al magistrado Ramón Saéz, el más progresista, para que elabore una nueva ponencia para que estime el recurso de amparo de UGT, y afirme que "la prohibición no fue adecuada". Se detalla que los magistrados que han votado a favor de la estimación del recurso de amparo han sido: Ricardo Enríquez, César Tolosa, Enrique Arnaldo, Ramón Sáez, Juan Carlos Campo y la magistrada María Luisa Balaguer y Concepción Espejel. Por el contrario, los que han dado apoyo a la ponencia inicial de la magistrada Díez han estado: el presidente, Cándido Conde-Pumpido, la vicepresidenta Immaculada Montalbán y la magistrada María Luisa Segoviano. Es decir, no hay una división clara entre magistrados progresistas y conservadores sobre el derecho de manifestación durante la pandemia.

Primera vez

Con este caso, se asegura de que el Tribunal Constitucional ha avalado por primera vez la celebración de una manifestación durante un estado de alarma por la pandemia, aunque era el segundo. Las manifestaciones del Día Internacional de la Mujer Trabajadora del 2020 se celebraron en todas partes y cuando la Organización Mundial de la Salud declaró la pandemia mundial de la Covid-19, finalmente el 14 de marzo de aquel año, el Gobierno decretó el primer estado de alarma. Vox y otros opositores del feminismo criticaron la manifestación, a pesar de que el mismo 8-M el partido de extrema derecha celebró un multitudinario acto en Vistalegre. La justicia, sin embargo, desestimó que las autoridades hubieran mantenido las movilizaciones sabiendo que había riesgos de salud pública.

En el primer estado de alarma, los tribunales prohibieron manifestaciones al priorizar el derecho a la salud frente al derecho de protesta. Para el 8-M de 2021, con el segundo estado de alarma vigente, pero con mascarillas y vacunas, los gobernantes permitieron manifestaciones controladas. En Barcelona, se celebró el 8-M con una manifestación estática, con ocho tramos repartidos por paseo de Gracia. Madrid fue la única autonomía en prohibir el 8-M, que ahora cuestiona el tribunal de garantías.

 

En la foto, una de las participantes en la manifestación del 8-M del 2022 en Madrid. / Foto: Europa Press