El Consulado de Uruguay en Barcelona se ha negado este viernes a entregar a una niña de siete años a su padre, de origen asturiano y vecino de Vielha, que tiene la custodia legal, una vez la madre y la hija se han encerrado en esta dependencia diplomática.

La menor vivía actualmente con su madre, nacional del país sudamericano, en Castelldefels (Baix Llobregat), pero según sentenció una jueza de Vielha el 25 de septiembre pasado, la mujer tenía que llevar a su hija al consulado este viernes por la mañana para que minutos después la recogiera su progenitor, pero el cónsul uruguayo se ha negado alegando legislación internacional.

Según ha publicado 'El Periódico de Catalunya', el cónsul Juan Pablo Tagliafico ha notificado al hombre que no le entregaba a la menor porque no es competente para ejecutar una sentencia española. Además, el Ministerio de Asuntos Exteriores de Uruguay ha emitido una nota en que subraya la inviolabilidad de sus dependencias diplomáticas en Barcelona.

Abusos a la menor

La historia empezó cuando la madre denunció en el 2016 al padre por abusos a la menor y maltratos a ella, pero el caso fue archivado en España el mes de febrero pasado y él acusó su expareja de sustracción de la niña para llevársela a Uruguay, una batalla legal que acabó hace unos días con una sentencia judicial que obligaba la madre a dejar a la niña en el consulado este viernes a las diez de la mañana.

La mujer se ha presentado poco antes de esta hora en un coche custodiado por los Mossos d'Esquadra, tal como había ordenado la jueza, y se ha dirigido con su abogado, Mario Guerrero, a las dependencias del consulado, que han estado cerradas con llave. Una hora después se ha presentado el padre con su abogado y, entonces, el consulado les ha notificado formalmente que no les entregaría a la menor porque no es competencia suya.

El padre se ha puesto en contacto con el juzgado para explicar lo que ha pasado, y desde dependencias consulares se ha dejado claro que no atenderían las solicitudes que pudieran llegar por parte del juzgado.

Asimismo, en su comunicado en la prensa, el Ministerio de Asuntos Exteriores uruguayo resalta que la sentencia en que se obliga a entregar a la menor en su consulado "no es conforme al derecho internacional, vigente sin reservas en Uruguay y en el Reino de España, que recoge las normas del Derecho Internacional Consuetudinario". "La mencionada sentencia desconoce la inviolabilidad de los locales que prevé el artículo 31 de la mencionada convención, como así también la inviolabilidad personal de los funcionarios consulares de acuerdo con el artículo 41 [...] al disponer que el Consulado General de la República en Barcelona asuma una determinada función, como la de ejecución de una sentencia judicial y que todo eso pase con la advertencia de intervención policial, considerando esta una extralimitación grave", asegura Uruguay.

En aquel país el caso se ha convertido en un asunto mediático denominado 'caso Maria', el nombre de la progenitora. Hay movilizaciones de protesta y este jueves por la tarde había convocado una manifestación ante la embajada española en Montevideo. En España, el progenitor también inició en el 2017 una recogida de firmas en Vielha para recuperar a la menor. Según la madre, para la menor será una separación "traumática" porque hace tres años que no mantiene ninguna relación con el padre y su deseo es seguir viviendo a su lado.

Viaje al Uruguay

En el 2016, madre e hija viajaron a Uruguay para visitar a la familia de la mujer. Durante el vuelo, la menor, que todavía no había cumplido los 4 años, hizo dibujos de contenido sexual que condujeron a Maria a sospechar que su hija podía estar sufriendo abusos sexuales por parte del padre. Tres especialistas diferentes de Uruguay visitaron a la niña y la madre a raíz de aquellos dibujos.

La directora del Instituto Técnico Forense de Montevideo redactó el 23 de agosto del 2016 un informe en el cual la menor expresaba "miedos a la figura del rol paterno, ausente y agresivo". "La niña ha sido espectadora de violencia doméstica y protagonista de conductas inadecuadas y violentas por parte de su padre", añadió. Otra psicóloga, Laura Gandolfo, concluyó que "se comprueba que hasta llegar a Montevideo la menor ha vivido en un ambiente violento, en un entorno más bien aislado. En sus expresiones verbales, juegos y dibujos se ven indicadores de abuso sexual por parte del padre, en actividades obligadas relacionadas con 'juegos sexuales' (...) Estos sucesos ocurridos a una edad tan corta (3 años) generaron gran confusión y angustia en la niña".

La madre denunció al padre en Uruguay por maltrato machista y por abusos sexuales a la niña, cortó la relación con él y decidió establecerse en su país. El padre, paralelamente, denunció su expareja por la sustracción de la menor en un juzgado de Vielha. El asunto acabó en un litigio internacional que resolvió que madre e hija tenían que volver a España. Lo hicieron el verano del 2018. El consulado del Uruguay en Barcelona le buscó un trabajo en Castelldefels, localidad en la cual reside gran parte de la comunidad uruguaya establecida en Catalunya.

La Audiencia de Lleida archivó definitivamente las denuncias por abusos sexuales a la menor y de violencia machista contra la madre el febrero pasado. Según Mario Guerrero, actual abogado de Maria, la jueza tomó esta decisión sin aceptar ninguno de los informes periciales que la madre había llevado de Uruguay, cosa que ha causado indignación en aquel país. El sobreseimiento de esta causa se basa, sobre todo, en un informe del equipo de asesoramiento técnico y de atención a la víctima (EATAV) que desacredita la versión de la madre y detalla en que la menor "no hace, en ningún momento, ningún tipo de relato de referencia en una presunta situación abusiva de carácter sexual". Otra psicóloga, en cambio, declaró que no podía determinar ni la presencia ni la ausencia del abuso.

El EATAV, según esta resolución, echa por el suelo los informes de los expertos de Uruguay: "Son fruto de un posicionamiento psicoterapéutico" y, por lo tanto, "no se pueden tener en cuenta en el ámbito forense", al no reunir los principios de "imparcialidad, neutralidad y objetividad". A su entender, no tienen en cuenta "el interés secundario" de la madre de la niña, "ya que se encuentran en el contexto de un litigio por la custodia de la hija".

Después del archivo de las denuncias contra el padre, arrancó por la vía civil la disputa por la custodia de la menor. En esta segunda causa judicial, los peritos catalanes describen a la madre como "alguien que interfiere en el vínculo con el padre (...), que ejerce una práctica enajenadora nociva para la menor (...), y con una baja escala de sinceridad" e inciden en el "alto riesgo para la menor de seguir viviendo exclusivamente con la mujer". Al padre, por el contrario, los psicólogos de aquí lo ven como "alguien angustiado por la situación" y "con niveles altos de sinceridad".

Sentencia de Vielha

De hecho, la sentencia de Vielha recoge que el Equipo de Asesoramiento Técnico en el Ámbito de Familia (EATAF) considera que la madre tiene personalidad paranoide con tendencia al histrionismo" y recomiendan que la mujer se someta a tratamiento psiquiátrico para tener a la guarda de su hija. Aun así, la mujer se niega. También explican que la mujer había dicho a la niña que el padre era malo y había hecho daño a la pequeña años atrás. Las técnicas que atendieron a la niña explicaron que esta estaba tranquila cuando estaba sola con ellas, pero actuaba diferente con la madre delante.

Los servicios sociales del Ayuntamiento de Castelldefels, por orden del juzgado de Vielha a la DGAIA, han supervisado a la mujer y como cuidaba de su hija desde que se instalaron en esta ciudad el verano del 2018. En su informe certifican que la menor ha sido escolarizada, vista médicamente y tiene un hogar, monoparental, adecuada. En su conclusión valoran "positivamente el progreso de la situación familiar".

La sentencia de Vielha da la custodia completa al padre, que tendrá la ayuda de los abuelos, y permite a la madre ver a la niña dos horas cada sábado en el Punto de Encuentro de Vielha. La estancia con la madre no se le permitirá hasta que no se someta a tratamiento psiquiátrico.