La consellera de Acció Climàtica, Alimentació y Agenda Rural, Teresa Jordà, ha anunciado su intención de modificar antes de noviembre el decreto de las renovables, del 2019, que regula el despliegue de las instalaciones eólicas y fotovoltaicas. La modificación pretende asegurar la participación del territorio en los nuevos proyectos de energías renovables, tanto de los propietarios de los terrenos como de los ayuntamientos. De esta manera se quiere impedir que proliferen proyecto sin el acuerdo con los agentes locales.

También se persigue poder distribuir el número de instalaciones, para evitar la concentración de equipamientos en las mismas zonas. Además de impedir que la transición energética comporte la sustitución masiva de campos de cultivo por placas fotovoltaicas y generadores eólicos.

La futura modificación hará que los nuevos proyectos para instalar generadores de energía renovables solo se puedan llevar a cabo si cuenta con el acuerdo mayoritario de la propiedad de los terrenos, que se podría situar en torno al 85% de la superficie. Además, para presentar los proyectos, los promotores también tendrán que acreditar que han informado a los ayuntamientos correspondientes.

Teresa Jordà consejera|consellera Acción Climática Parlamento / ACNTeresa Jordà, consellera de Acció Climàtica, en el Parlamento de Catalunya / ACN

Protección del entorno rural

Últimamente los proyectos de energías renovables han proliferado por todo el territorio, pero no siempre manteniendo un equilibrio con el entorno. La falta de límites en el volumen de las instalaciones de la que peca la regulación actual es una amenaza para la actividad agrícola, la producción de alimentos y la biodiversidad.

La nueva regulación busca encontrar un equilibrio entre las energías renovables y el entorno rural. Si se materializa protegerá los campos de cultivo más favorables para la agricultura, profundos, planos y sin piedras, que, en ningún caso, se podrán utilizar para plantas fotovoltaicas ni eólicas. El suelo de calidad media estará sujeto a un tope de ocupación máximo del 5% de la superficie en el caso de regadío y del 10% en el de secano. La modificación establecerá que esta parte proporcional se aplique por comarcas. En cambio, no pondrá ningún límite en los campos agrícolas menos proclives al cultivo. La referencia para la calificación del suelo será la capacidad agrológica que indica el Instituto Cartográfico de la Generalitat.

La única excepción serán los campos abandonados que se han convertido en bosques. En estos casos se lo podrán ubicar plantas energéticas, sea cual sea su capacidad agrológica.

 

Imagen principal: La consellera de Acció Climàtica, Teresa Jordà, en el Parlamento de Catalunya / ACN