Más medidas sociales para afrontar la covid-19. El Govern ha anunciado hoy que ha aprobado un decreto ley que facilita el funcionamiento de las juntas de propietarios sometidas al régimen de la propiedad horizontal, ante las restricciones decretadas a consecuencia de la crisis sanitaria actual. La nueva normativa, que modifica temporalmente los artículos relativos a la propiedad horizontal del libro quinto del Código civil catalán, prórroga hasta el 30 de junio de 2022 la obligación que tienen las comunidades de propietarios de celebrar las reuniones anuales.

El Departamento de Justicia informa de que el decreto ley también prevé que las juntas y reuniones se puedan hacer por videoconferencia o por otros medios telemáticos, aunque no esté previsto en los estatutos ni lo hayan acordado previamente los propietarios. Además, el último presupuesto anual aprobado por la comunidad, la aprobación de las cuentas anteriores y la renovación de los cargos también se prorrogan hasta la celebración de la nueva junta ordinaria.

La norma tiene en cuenta también que, excepcionalmente y hasta el 30 de junio de 2022, se puedan coger acuerdos, a instancia de la persona que preside, siempre que los votos se puedan emitir por correo postal o correo telemático, y que quede constancia de la recepción del voto.

Restricciones

El decreto ley aprobado hoy pretende paliar los efectos negativos de las medidas impuestas por el Govern a consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la covid-19. Estas restricciones, que afectan a especialmente la movilidad, el aforo y la distancia física mínima interpersonal, podrían repercutir negativamente en el funcionamiento de las juntas de propietarios de un edificio o de una comunidad.

El nuevo texto aprobado prórroga así las medidas decretadas por el anterior Decreto 53/2020, de 20 de diciembre, que se extinguieron automáticamente el pasado 31 de diciembre de 2021, y entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

Entidades y fundaciones

La Generalitat ya aprobó el pasado mes de diciembre un decreto ley a fin de que las entidades y las fundaciones, que tienen una regulación diferente de las asociaciones de propietarios dado que tienen personalidad jurídica propia, puedan reunirse y adoptar acuerdos por videoconferencia hasta el 31 de diciembre de 2022 ante las restricciones aprobadas para parar la expansión del virus.

Se informa de que el decreto ley la ha impulsado la Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación del Departamento de Justicia, que encabeza Lourdes Ciuró. La redacción del texto ha ido a cargo de la Comisión de Codificación de Catalunya, que es el órgano encargado de diseñar, desarrollar y revisar el derecho civil catalán.

El Código Civil es la norma de aplicación principal en Catalunya. Desde Justicia se afirma que el Código Civil "está vivo, y desde el Parlamento de Catalunya se actualiza para que pueda dar respuesta legal a los retos y a las necesidades sociales de hoy".