Un día después de la legalización de la eutanasia en España, se inicia el juicio oral contra Ángel Hernández, el hombre que en abril de 2019 ayudó a morir a su mujer, María José Carrasco, enferma de esclerosis múltiple. Esta conducta está contemplada por el Código Penal al constituir un delito de cooperación al suicidio, penado con hasta 10 años.

Según han informado fuentes jurídicas en Europa a Press, la jueza de Violencia sobre la Mujer número 5 de Madrid ha dictado el acto de apertura este viernes. La apertura de juicio oral se produce después que las partes personadas en la causa penal hayan remitido sus respectivas conclusiones provisionales de cara al próximo juicio, que tendrá lugar en 2021, según han apuntado las mismas fuentes.

La Fiscalía de Madrid pide seis meses de prisión

Con respecto a las penas, la Fiscalía de Madrid se piden seis meses de prisión para el investigado por la comisión de un delito de cooperación al suicidio.

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Se inicia el juicio oral contra Ángel Hernández, el hombre que en abril de 2019 ayudó a morir a su mujer, María José Carrasco, enferma de esclerosis múltiple. / Europa Press

Después de salir en libertad después de ser detenido, Ángel Hernández llevó a cabo una recogida de firmas para despenalizar la intervención voluntaria para provocar la muerte. La causa concluirá poco después de que el Congreso de los Diputados haya aprobado con una amplia mayoría la ley orgánica de regulación de la eutanasia.

El deseo de María José Carrasco

En su escrito, el fiscal subrayó que María José Carrasco le expresó de manera "constante" su deseo de poner fin a su vida por los "intensos" dolores "más allá de lo que podía soportar" por la enfermedad crónica que sufría. Finalmente, su marido "desamparado por la falta de ayudas institucionales" cumplió los deseos de su esposa.

En más, anunció que "para el supuesto de que se dictara sentencia condenatoria y se tramitara expediente de indulto, el Ministerio Fiscal, atendidas las circunstancias concurrente en el presente caso, emitirá informe favorable". En este caso, la Fiscalía de Madrid se opuso al hecho de que la causa encajara en un delito machista porque no existía un contexto de "dominación y discriminación" del hombre sobre la mujer.