El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha acordado mantener como investigado el expresidente de Catalunya Caixa Narcís Serra por el presunto perjuicio millonario a través de operaciones inmobiliarias, y archiva la causa con respecto a ocho exdirectivos más, entre ellos Adolf Todó.

En un auto hecho público hoy, el magistrado mantiene abiertas las indagaciones con respecto a promociones inmobiliarias sospechosas en las cuales intervino la antigua caja en varios países, entre otros Polonia, al considerar que, de acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción, "existen indicios de criminalidad" en la participación de Serra y otros cuatro miembros de la antigua cúpula.

El caso continúa abierto también contra el ex director general de Catalunya Caixa José María Loza, el ex director general adjunto Lluís Gasull y los exdirectivos Eduardo Aznar y Joan Valls.

La causa investigaba hasta ahora una serie de operaciones efectuadas entre el 2000 y el 2013, en las cuales la caja entró con una participación de aproximadamente el 50% con otros socios y que posteriormente instrumentalizó a través de su filial Promotora Catalunya Mediterráneo (Procam).

En este sentido, el titular del juzgado central de Instrucción número 2 ha archivado cualquier tipo de investigación sobre los acuerdos de separación de los socios, al entender que se trata de hechos prescritos.

La fiscalía sostiene: "No puede afirmarse que los administradores actuaran con una clara voluntad de perjudicar la entidad y beneficiar a terceros cuando tomaron las decisiones de separación de socios ni en ejecución de estos actos". Además, según su opinión, no hay elementos suficientes para entender que los administradores de Catalunya Caixa "actuaran con un ánimo de perjudicar a la sociedad, ni que se obtuviera beneficio económico personal o ajeno como exige el tipo penal".

En cualquier caso, señala Moreno, los hechos estarían prescritos, al no ser apreciable la existencia de continuidad delictiva entre ellos, sin que "incluso se llegue a considerar suficientemente justificada la perpetración del delito en cada uno de los actos de separación de socios y proceda al  sobreseimiento provisional para todos los investigados que formaron parte de los órganos de decisión a partir del año 2008 y aprobaron estas operaciones".

La segunda parte de la instrucción se refiere a las operaciones de inversión efectuadas en el periodo comprendido entre los años 2000 y 2007 que se corresponde con proyectos inmobiliarios en los cuales Catalunya Caixa participó de manera directa mediante la toma de participaciones accionariales mayoritarias, junto con socios ajenos a la entidad pertenecientes al sector inmobiliario, participaciones societarias que se vehicularon principalmente a través de la filial Promotora Catalunya Mediterrània SAU.

El acto destaca las irregularidades detectadas en muchas de las operaciones. Sin embargo, señala que de acuerdo con lo ya expuesto respecto de la prescripción, una vez descartada la concurrencia de elementos suficientes del tipo penal en los diferentes acuerdos de separación de socios, "tampoco puede sostener una continuidad delictiva entre estos, adoptados respecto de cada uno los acuerdos de desinversión y los diferentes actos de inversión llevados a cabo hasta el año 2007 propiamente dichos, al tener en uno y otro caso una finalidad esencialmente contraria y que impide apreciar la existencia de un plan preconcebido".

No obstante, en los casos de Torca Procam Polska, explica la resolución, se acuerda una inversión global en Polonia el 4 de julio del 2006 y se fijan los términos de la misma el 31 de octubre del 2006, elevándose a públicos los contratos para el desarrollo de estos proyectos durante el año 2007, si bien durante este año y los posteriores se realizan varias "operaciones aparentemente muy irregulares, que cumplirían con el patrón descrito en párrafos anteriores de este escrito, correspondientes a siete proyectos diferentes que podrían constituir delito continuado de administración desleal. Por su parte, en relación a Vertix Proclam (Landomus), se repiten las mismas irregularidades, y todos los actos se llevan a cabo a partir del año 2007, y en relación a tres proyectos diferentes, de manera que estos hechos no estarían prescritos", afirma.

Por lo tanto, concluye el magistrado que "en relación con estas operaciones inmobiliarias vinculadas con Torca Procam Polska y Vertix Procam (Landomus), de acuerdo con lo expuesto por el ministerio fiscal, hay indicios de criminalidad en la participación de los investigados Narcís Serra Serra, José María Loza Xuriach, Lluís Gasull Amorós, Eduardo Aznar Berruezo y Joan Valls Porcel, haciéndose necesaria la continuación de la presente causa por, de acuerdo con lo que dispone el art. 299 Lecrim, averiguar y hacer constar la perpetración de los delitos investigados con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación y la culpabilidad".

Por el contrario, no quedando debidamente justificada la participación punible en estos mismos del resto de los investigados que intervinieron en estas operaciones será procedente el sobreseimiento provisional con respecto a los mismos, y el sobreseimiento libre, respecto de todos los investigados con respecto a los otros actos de inversión inmobiliaria y los actos de separación de socios, para entender prescritos, salvo el caso del investigado Josep Maria Alentorn Torras, que procederá igualmente su sobreseimiento libre, pero en este caso para no ser los hechos constitutivos de delito.