El Gobierno ha dado hoy jueves nuevas instrucciones sobre cómo y cuándo hay que llevar mascarilla en los medios de transporte, ya sean públicos o privados, coincidiendo con su obligatoriedad en los espacios públicos siempre que no se puedan guardar las distancias de seguridad. Se trata de evitar contagios por coronavirus. Hay que recordar que negarse de forma reiterada al uso de la mascarilla puede ser sancionado con multas de hasta 600 euros.

Las instrucciones:

  • El uso de mascarillas es obligatorio para todos los usuarios del transporte en autobús, ferrocarril y medios aéreos y marítimos.

  • También es obligatoria para los trabajadores de esos medios de transporte que tengan contacto directo con los viajeros, a los que se recomienda lavarse las manos de forma frecuente.

  • En coches o motos, cuando viajen varias personas que no vivan en la misma casa éstas deberán ir con mascarilla. Ocurre lo mismo en las furgonetas o camiones de reparto.

  • En los vehículos de hasta nueve plazas incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes. En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.

  • Para las motos de uso compartido, además de mascarillas hay que llevar guantes cuando vayan dos personas.

  • En trenes y autobuses en los que haya que ir sentados habrá que dejar un asiento de separación entre viajeros, salvo que estos sean convinientes.

  • En el caso de los barcos, los viajeros que vayan en su camarote no tendrán que llevar la mascarilla dentro de ese camarote.

 

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