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Vox ha reclamado al juez Pablo Llarena que revoque su decisión de dejar sin efecto la orden de detención en el Estado español del president en el exilio, Carles Puigdemont, que tomó este martes minutos después de que el Tribunal Constitucional avalara la amnistía de la malversación del 1-O. El partido ultra, que es acusación popular en la causa del 1-O, afirma que la decisión puede tener "irreversibles consecuencias" si finalmente el instructor no aplica la amnistía al líder de Junts y a los exconsellers en el exilio, Toni Comín y Lluís Puig, y estos pueden irse del Estado, según el escrito comunicado este viernes y al que ha tenido acceso ElNacional.cat.

En la resolución, el juez Llarena ya advertía que la retirada de la orden de detención era "transitoria" hasta que estudiara la sentencia del Constitucional, y preguntó a la Fiscalía, defensas y acusación popular su parecer sobre la aplicación de la norma del olvido penal a los procesados. Con esta resolución a medias, el abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, ya avanzó que no se precipitará ahora en la recta final de la causa. El partido de Santiago Abascal ya ha comunicado al magistrado que, si no acepta su reclamo, de forma directa pide el recurso de apelación, que significa que es la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo la que debe validar o no la decisión del instructor.

Pendientes de la amnistía

Precisamente, la Sala de lo Penal del Supremo también dio un plazo de cinco días a la Fiscalía, defensas y Vox para que le comuniquen si ha de aplicar la ley de amnistía a los condenados por malversación, después de la validación del Constitucional. Están pendientes el secretario general de Junts, Jordi Turull, el líder de ERC, Oriol Junqueras, y los exconsellers Dolors Bassa y Raül Romeva. Su amnistía implicará que finalmente pueden volver a presentarse como candidatos a elecciones.

En el escrito, la abogada de Vox, Marta Castro Fuertes, afirma que el perjuicio que se pretende evitar —como indica Llarena— "es hipotético" y, en todo caso, "evitable por medios menos lesivos para los fines del procedimiento". Añade que "si los procesados volvieran a territorio nacional, su detención determinaría su inmediata puesta a disposición de este Instructor, que podría resolver sobre su situación personal con conocimiento de la sentencia, previa audiencia de las partes". Además, reprocha al juez que en la resolución "no explica por qué esta alternativa o el mantenimiento de las órdenes durante el breve plazo que reconoce necesario para conocer el texto resulta insuficiente".

Por el contrario, la abogada de Vox indica que el alzamiento de la orden de detención "genera un efecto irreversible: si la sentencia, una vez conocida, no resultara extrapolable, los procesados habrían podido entrar y salir del territorio nacional sin que el tribunal pudiera asegurar su comparecencia". También critica que en la resolución, Llarena invoca el carácter "estrictamente transitorio" de la decisión, pero "no fija plazo ni condición objetiva de vigencia más allá de la 'nueva resolución judicial expresa'".

Vox expone que Llarena resolvió el mismo día de la resolución del Constitucional "sin dar traslado al Ministerio Fiscal ni a las acusaciones personadas, y sin resolver la petición de mantenimiento de las medidas cautelares formulada por el partido el 1 de octubre de 2026". También sostiene que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), en su sentencia de 16 de julio (asunto C-523/24), "declaró contrario en el artículo 267 TFUE que se imponga el alzamiento de las medidas cautelares mientras no haya resuelto una petición de decisión prejudicial pendiente". En concreto, indica que está pendiente el asunto C-587/24, que se refiere a la consulta que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya hizo al tribunal europeo sobre el caso de los excargos de ERC, Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, que no tienen nada que ver con los líderes, tal como los separó el mismo Supremo; y el caso C-123/25, enviado por un juez sobre un responsable de mesa con un lazo amarillo.