El excomisario José Manuel Villarejo da carpetazo a uno de los procesos judiciales que lleva a la espalda, ha sido absuelto de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos por la grabación y la difusión el 2014 de una reunión entre agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y policías sobre Francisco Nicolás Gómez Iglesias, el Pequeño Nicolás. No ha sido lo único que ha quedado libre de estos cargos, han corrido la misma suerte su mujer, Gema Alcalá, y el periodista Carlos Mier.

La decisión de la audiencia provincial se sostiene sobre el hecho de no haber encontrado a lo largo del juicio base probatorio para condenarlos "y sí, en cambio, una falta de coherencia lógica en el relato de las acusaciones que impide asumir las conclusiones". En su momento, se pidieron hasta cuatro años de prisión para Villarejo y tres para los otros acusado. Todo, queda ahora atrás.

Las acusaciones contra Villarejo

Las acusaciones contra el excomisario afirmaban que después de la detención del Pequeño Nicolás el año 2014, este tuvo una reunión con miembros de la Unidad de Asuntos Internos del Cuerpo Nacional de Policía y del CNI. Las acusaciones mantenían que Villarejo tuvo conocimiento de esta reunión y que, sirviéndose del teléfono de uno de los asistentes al encuentro, grabó parte de su contenido, que después fue publicado al medio digital de Carlos Mier, con la participación de la mujer del excomisario, con el ánimo de boicotear la investigación al Pequeño Nicolau.

Teóricamente, Villarejo encargó a Carlos Mier que hiciera una llamada al teléfono móvil del comisario Marcelino Martín Blas para activar una aplicación maliciosa y poder captar lo que se llamaba a la referida reunión, sonido que el periodista habría grabado dando lugar a un archivo digital de audio posteriormente difundido.

Pero la sentencia señala que las mismas acusaciones reconocen que "no hay prueba directa" de lo que constituye el núcleo de la actividad delictiva atribuida a los acusados. Para los magistrados no queda prueba en que Villarejo o ninguna otra persona hubiera manipulado el teléfono de uno de los asistentes para instalar la referida aplicación maliciosa que después el día de la reunión habría permitido el control en remoto.

Además, el tribunal ha señalado que las versiones que se han aportado en el proceso judicial por las diversas partes son sumamente contradictorias. "Esta contradicción resulta no solo sorprendente sino desoladora para el tribunal porque procede de funcionarios que formaban parte de la cúpula policial de este país al tiempo de los hechos", recalca la sentencia.