El uso preferente del catalán a la administración pública ha quedado tocado. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado parcialmente el protocolo de usos lingüísticos de la Generalitat que obliga a los trabajadores públicos a hablar catalán entre ellos y a dirigirse en este idioma a los ciudadanos. Según una sentencia consultada por Europa Press, el TSJC además de anular que la comunicación entre el personal tenga que ser el catalán en las reuniones de trabajo, también habría anulado otros protocolos de la administración en relación al catalán.

Así pues, tampoco hará falta que los trabajadores tengan que mantener la conversación en catalán aunque el usuario la haya iniciado en castellano. Sin embargo, la norma inicial ya preveía que el usuario podía pedir el cambio de idioma si no entendía el catalán.

La sentencia también se refiere a las conversaciones telefónicas. El tribunal también anula la mención que indica que se tendrán que iniciar siempre en lengua catalana y, si el usuario no habla catalán pero lo entiende, se mantenga la conversación en esta lengua. La sentencia también ha anulado que el empleado tenga que rellenar en catalán documentación interna, como nóminas, contratos, avisos o circulares.

El origen de la sentencia

Esta sentencia es fruto de una demanda interpuesta por uno de los profesionales sanitarios del Hospital Universitari Joan XXIII de Tarragona. Impulso Ciudadano, la plataforma que ha asesorado al demandante, ha valorado positivamente el contenido de la sentencia y ha lamentado que la actuación de la administración catalana obligue a los ciudadanos "a reclamar lo obvio: la libertad de elección de lengua en las relaciones con las Administraciones Públicas".