La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha rechazado la petición de libertad presentada por las defensas de los nueve procesados en la causa del 1-O que están en prisión provisional (Josep Rull, Jordi Turull, Raul Romeva, Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Carme Forcadell, Joaquim Forn, Dolors Bassa y Jordi Cuixart), basada, como principal argumento, en el impacto que la situación de prisión tiene en el entorno familiar y personal de cada uno de ellos.

La sala basa su decisión en el hecho de que la dignidad con que las defensas exponen las circunstancias familiares no es suficiente para neutralizar los riesgos de fuga y de reiteración delictiva que llevaron, primero, al juez Pablo Llarena y, después, a la sala de recursos del alto tribunal, a acordar la prisión preventiva.

"Las finalidades del proceso y, de manera especial, las medidas cautelares que tienden a asegurar estos fines, no se desdibujan por los padecimientos que en el orden familiar puede comportar la privación de libertad", subraya el tribunal.

El auto sostiene que la adopción de medidas cautelares está sometida por la propia ley "a los principios de legalidad, judicialidad, excepcionalidad, proporcionalidad, necesidad y temporalidad, atendiendo a los graves perjuicios personales y familiares que en todos los órdenes supone la privación de libertad, así como sus consecuencias colaterales respecto de otras personas que puedan estar vinculadas al procesado".

Según los magistrados, los sentimientos de aflicción de los familiares "no pueden operar como razones desencadenantes de la libertad".

Derecho de defensa

Algunos de los procesados alegaron la vulneración de su derecho a la defensa y a un proceso justo si continúan en la prisión durante la celebración del juicio. La sala señala que "ni el contenido material del derecho a la defensa, ni, por descontado, el derecho a un proceso con todas las garantías, están afectados por las condiciones que, si es el caso, presidirán la celebración de las sesiones del plenario".

Y añade que "la dignidad de los procesados, las condiciones de su alimentación y la habitabilidad del lugar del su custodia, tienen que ser debidamente garantizadas" por la sala.

La Sala rechaza también las alegaciones referidas a la vulneración de los derechos a la libertad, a la presunción de inocencia y a un proceso público sin dilaciones indebidas realizadas por Turull y Rull en sus respectivas peticiones de libertad.

Tampoco admite la alegación de Dolors Bassa relativa al hecho de que ha abandonado la política y al clima político actual proclive al diálogo entre el gobierno español y el de la Generalitat.

 

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