Ha apurado hasta la última hora del plazo que fijó el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya para impugnar la sentencia por desobediencia que le impuso en diciembre pasado, por la cual lo inhabilitan durante un año y medio. Finalmente este mediodía, la defensa de Quim Torra ha presentado el correspondiente recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Entre otras cosas, denuncia que la sentencia ya estaba escrita y que ha sido víctima de una "persecución política".

El escrito, de 307 páginas, pide al Supremo que "anule" la sentencia del TSJC, que le inhabilita por un año y medio, y dicte una nueva "absolviendo" al president del delito de desobediencia.

El documento enumera toda una serie de vulneraciones que los abogados del president consideran que se han producido. La primera, el derecho a un juez imparcial. Concretamente, pone de manifiesto el sesgo de varios miembros de la Junta Electoral Central, así como del magistrado que instruyó el caso y del tribunal que lo juzgó, por sus posicionamientos públicos contra el procés. "Hablamos de una clara intencionalidad política que tiene serios indicios de constituir una palmaria persecución política, tanto de los denunciantes, que actuaban a instancias de sus adversarios políticos, como del Tribunal", afirma el recurso.

Siguiendo este hilo argumental, denuncia que la única voluntad de todo el procedimiento ha sido "apartar ilegal e ilegítimamente al president Torra de los cargos que, democráticamente, ostenta". Es en este punto donde manifiesta que "el juicio oral no constituía un verdadero debate, porque el veredicto ya estaba predeterminado".

El equipo de defensa de Torra solicita que "en garantía de los derechos enunciados, singularmente el participación política, presunción de inocencia, a doble instancia penal, así como a la tutela judicial efectiva, se acuerde la suspensión cautelar de cualquiera de los efectos asociados a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya" hasta que no se resuelva el recurso hoy presentado. Y que se comunique la decisión al Parlament, a la Junta Electoral Central y a la de Barcelona.