La sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por la consellera de Gobernación, Meritxell Borràs Solé, y por Francesc Esteve Balagué y ha confirmado la admisión a trámite de la querella presentada por la Fiscalía.

Ahora el trámite siguiente es ya la citación de Borràs y Esteve para que declaren en el TSJC y saque adelante la investigación para ir a juicio.

El presidente del TSJC Jesús Maria Barrientos se basa en los argumentos de la Fiscalía para desestimar el recurso que "les atribuye la presunta comisión de diversos ilícitos penales, considerando que, a su entender, es muestra, simplemente, de un uso preventivo del derecho penal, que vulneraría el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea".

Barrientos tira por el suelo los argumentos de la defensa que recurrieron diciendo que la Generalitat no disponía del recurso material de las urnas y "de su eventual necesidad para todo tipo de consultas, de su naturaleza reutilizable, que el convenio marco de colaboración entre administraciones en materia electoral no garantice a la Generalitat la cesión de estas urnas, ni, según se afirma su gratuidad" no justifica que se compraran ya que —dice el magistrado— "en nada desdice la realidad objetiva que la providencia de 4 de abril de este año dictada por el Tribunal Constitucional" que anula todos los gastos vinculados de la celebración del referéndum.

Barrientos recuerda en su auto "su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga eludir la suspensión, haciendo mención expresa a la licitación por la Generalitat de contratos administrativos instrumentales para la preparación del referéndum" por parte de todos los miembros del Govern.

La responsabilidad de Esteve

"El Acuerdo marco firmado por el querellado Sr. Esteve, según se recoge en la querella, es de solo cinco días después de la mencionada resolución; en él se prevé, precisamente, un proceso de licitación
para la adquisición de urnas, de las cuales se establece un precio máximo para cada uno de los lotes, con condiciones de contratación diferidas en el momento en el que se hiciera necesario el suministro de las urnas", dice el texto del auto que rechaza el recurso.

Barrientos remarca que el Acuerdo marco firmado por Francesc Esteve, secretario general del Departamento de Gobernación, prevé la adquisición de urnas en diferentes tipos de elecciones, consultas y
formas de participación, por precio cierto. Según el magistrado "se trata de una resolución administrativa que pudiera estar orientada a infringir el mandato del Tribunal Constitucional y que, además, pudiera tener repercusiones en el patrimonio de los administrados".