Pablo Lucas Murillo de las Cuevas, el juez que autorizó el espionaje del CNI a diferentes líderes independentistas, entre ellos Gonzalo Boye, ha admite implícitamente por primera vez este espionaje. Así se desprende de un escrito Pablo Lucas, donde pide ser apartado de la resolución de los recursos presentados por los presidentes Carles Puigdemont y Quim Torra, y los consellers Clara Ponsatí y Toni Comín, en el cual afirma haber cumplido con la ley. Asimismo, niega haber recibido ninguna información sobre la estrategia de defensa de los tres eurodiputados en una sentencia dictada el año 2020, de la cual fue ponente. El abogado Gonzalo Boye, en tono irónico y poniendo en duda a este testimonio, ha dirigido una pregunta directa al juez: ¿Si no espiaron la estrategia de defensa qué estuvieron espiando?

tuit Gonzalo Boye juez CNI
Tuit de Gonzalo Boye sobre la retirada del juez que autorizó el espionaje con Pegasus

Victoria de Boye

Gonzalo Boye inició hace unas semanas a una batería de recursos ante el Tribunal Supremo para reclamar que las sentencias contra algunos de sus clientes en que participó el magistrado fueran anuladas por la indefensión en que se encontraban sus clientes. Boye recogía en un escrito las conclusiones del Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, del 18 de mayo del 2022, en las cuales acusaba a Pablo Lucas de ser el responsable de autorizar a las escuchas de manera "ilegal" y, por lo tanto, de provocar un "efecto devastador" en la defensa de sus clientes. En el texto detalla que el citado informe demostraba "un elevado grado de detalle en la información de qué disponía el magistrado del Tribunal Supremo para poder adoptar una decisión de autorización o no autorización" de las escuchas. Denunciaba así, que este elevado grado de información sobre sus comunicaciones, al mismo tiempo que formaba parte de la sala que dictaba sentencia contra sus clientes, lo cual habría provocado una situación de indefensión contra ellos, vulnerando las comunicaciones abogado-cliente.

La abstención del juez

El magistrado Pablo Lucas envió un escrito el pasado 20 de junio en la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el cual pedía su abstención en la deliberación de las causas entre los años 2019-2020. El juez aseguraba "sin infringir el secreto al cual me obliga el artículo único 3 de la Ley orgánica 2/2002, que no he recibido ninguna información de cuyo Centro Nacional de Inteligencia hablan los escritos de promoción de nulidad de actuaciones". En el mismo texto detallaba "es manifiesto que la estrategia procesal a seguir en procesos contencioso-administrativos como los mencionados, no afecta -ni puede afectar- la independencia e integridad territorial de España, ni a los intereses nacionales, ni al Estado de Derecho y sus instituciones (...) Y de llegar a conocimiento del Centro Nacional de Inteligencia cualquier dato enajena a los hechos por los cuales se le concedió alguna autorización debidamente concedida, está obligado a destruirlo inmediatamente".

En relación con el espionaje a los líderes independentistas que la ex directora del CNI, Paz Esteban, aceptó el pasado 5 de mayo durante la Comisión de Secretos, Pablo Lucas explica que "para conceder las autorizaciones previstas en la Ley 11/2002, de 6 de mayo, y reguladas por la Ley orgánica 2/2002, de la misma fecha, es necesario que el Centro Nacional de Inteligencia justifique qué actuaciones precisas de personas determinadas ponen en riesgo la independencia e integridad territorial de España, los intereses nacionales o la estabilidad del Estado de Derecho y sus instituciones". En más, detalla que si solo se aporta esta justificación con indicación de hechos concretos, si se cumplen el resto de las condiciones previstas legalmente, se autorizará. En caso contrario será denegada. "Y el destino de la información obtenida por las cuales se concedan será el previsto por el artículo 1 de la ley 11/2002, no el magistrado encargado del control judicial previo", añade. A pesar de defender su integridad, el magistrado, "con el fin de preservar la apariencia de imparcialidad", ha pedido a la Sección Cuarta que se le tenga por abstenido en la resolución de los últimos recursos presentados por Puigdemont, Comín y Ponsantí. Una petición que, ha sido aceptada este viernes.