El juez Juan Carlos Peinado ha enviado a Begoña Gómez juicio con jurado popular por malversación y tráfico de influencias, según ha acordado en un auto de este lunes. El magistrado ha tomado la decisión justo después de volver de vacaciones y antes de jubilarse esta misma semana, con un texto en el que rechaza adoptar ninguna medida cautelar contra la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su asesora, Cristina Álvarez, que será juzgada solo por el delito de malversación. De esta manera, el juez pone fin a una instrucción que comenzó hace casi dos años y medio a raíz de una denuncia de los ultras de Manos Limpias por el papel de Gómez como codirectora de una cátedra en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), el software que se creó en ella y el trabajo que hizo la asesora para ella.
En el auto, de 67 páginas, Peinado sí ha ordenado averiguar la "capacidad económica" de Gómez mediante el Punto Neutro Judicial para que se aporten a la causa las cinco últimas declaraciones de la renta, en el marco de las posibles responsabilidades económicas que se le pudieran imponer —considera que ambas deberán responder como "responsables civiles directas y solidarias" de la petición de la UCM, que reclama 113.509 euros de perjuicio—. Asimismo, ha acordado para ambas "la obligación" de permanecer "en todo momento" a disposición del juzgado y de la Audiencia Provincial de Madrid, órgano al que ahora se remitirá la causa para que fije fecha de juicio —podría coincidir con las próximas elecciones—, y al que deberán comunicar cualquier cambio de domicilio. La acusación popular la lidera la asociación ultra Hazte Oír, que solicita penas de 13 años de prisión para Gómez y seis años para Álvarez, mientras que las defensas y la Fiscalía piden su absolución.
Qué dice el auto
De la misma manera que en resoluciones anteriores, el juez instructor recurre a comparaciones históricas para argumentar la concurrencia del delito de tráfico de influencias. ¿Por qué? Porque resulta complejo encontrar un supuesto de características similares en la jurisprudencia reciente, dado que las conductas que "provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado". En esta línea, asevera que "quizás habría que remontarse al reinado de Fernando VII". Remarca el "cambio radical" que se habría producido en la trayectoria profesional de Gómez a partir de la llegada de Sánchez al poder, y argumenta que se adoptaron "decisiones públicas favorables" hacia la cátedra que codirigía, las cuales "se pudieron obtener mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional".
El auto recoge indicios como el encuentro en la Moncloa entre Gómez y el rector de la universidad madrileña, después de la cual el mismo rector transmitió al vicerrector la instrucción de poner en marcha el proyecto: "Tenemos que crear una cátedra para Begoña Gómez, la mujer del presidente". Peinado considera que este hecho refuerza de manera evidente la existencia de indicios racionales de tráfico de influencias. Asimismo, sostiene que la esposa de Sánchez "proyectaba simultáneamente su posición institucional, su actividad académica y sus relaciones con directivos y empresas con intereses o vínculos con el sector público" para conseguir la financiación de la cátedra.
Segunda vez que las envían a juicio
En cuanto a la asesora, el juez considera plenamente acreditado que Gómez dispuso de manera continuada de la labor de Álvarez para el funcionamiento cotidiano de la cátedra y para la tramitación del registro de la titularidad del software. La resolución plantea que la esposa del presidente del gobierno español "se pudo apoderar" del mencionado software, desarrollado en la institución, motivo por el cual aprecia indicios de malversación de caudales públicos contra ambas, además de por la utilización de la asistente para "tareas ajenas al cometido institucional del puesto". Finalmente, desestima la petición de declarar la nulidad de la audiencia preliminar celebrada hace un par de semanas, una medida requerida por el representante de Álvarez por la inasistencia de su defendida. Concretamente, califica la ausencia como una situación "creada y provocada voluntariamente por la misma acusada" al no haber comparecido ante el juzgado, y descarta de manera categórica que se haya producido ningún tipo de merma o vulneración de su derecho fundamental a la defensa que pueda invalidar las actuaciones practicadas.
Es la segunda vez que el magistrado abre juicio oral contra las dos imputadas. La primera vez fue en junio, cuando Peinado atribuyó a Gómez y la asesora los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación, y acordó la retirada de los pasaportes y la prohibición de salir del territorio —en una decisión de lo más polémica, por insinuar que los escoltas la podían ayudar a huir—. Gómez y Álvarez recurrieron contra la decisión a la Audiencia Provincial de Madrid, sin éxito: este órgano confirmó la decisión del juez de enviarlas con jurado popular, pero descartando dos de los cuatro delitos.
La reacción del Gobierno
La Audiencia de Madrid señaló que los "indicios" que existen sobre la esposa del presidente español sitúan su participación en presunto tráfico de influencias cometido por particular, tanto en la creación de la cátedra como en "la intermediación a favor de (Juan Carlos) Barrabés" —de hecho, el empresario era el tercer imputado en la causa, pero ha quedado apartado del juicio para que continúe la investigación sobre "la legalidad o ilegalidad de las adjudicaciones de los contratos públicos"—. También sitúan su participación en presunta malversación por el destino del software y por "la utilización para fines privados de su asistente personal".
Por su parte, el Gobierno español ha condenado la decisión de Peinado, que consideran que es "injusta y arbitraria", como parte de una "persecución judicial" contra Gómez por el hecho de ser la esposa del presidente del Gobierno español. Además, han criticado que el juez haya vuelto a notificar un auto de esta causa coincidiendo con un viaje internacional de Sánchez, que vuela hacia Nueva York para participar en la semana de alto nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Y también han lamentado que, de nuevo, la decisión se haga pública antes de ser notificada a las partes. "Son incuestionables la intención política, el acoso y la deshumanización que han marcado toda esta instrucción", han añadido desde el ejecutivo estatal, mostrándose convencidos de que la inocencia de Gómez ha quedado "clara y demostrada". "Estamos seguros de que así quedará también demostrado en el juicio. Mantenemos nuestra plena confianza en el hecho de que el jurado será ecuánime e impartirá justicia", han concluido.
