Tanto ERC como JxCat han anunciado que presentarán como candidatos al Congreso de los Diputados en las elecciones del 28-A a Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Josep Rull i Jordi Turull, que estan siendo juzgados por el Tribunal Supremo en el juicio al procés. No hay ninguna duda que resultarán elegidos por los votantes, pero otra cosa es que puedan llegar a ser diputados a causa de los obstáculos legales con que se encontrarán. 

Los presos políticos que optaran a ocupar un escaño en el Congreso se encontrarán por un lado con la exigencia de tomar posesión de sus escaños presencialmente, y por otro con la suspensión dictada por el magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, en su auto de procesamiento.

Una vez proclamados los resultados de las elecciones al Congreso, las juntas electorales provinciales expedirán las credenciales y el primer trámite al que se enfrentan los diputados electos es cumplimentar una serie de declaraciones de bienes, actividades e intereses, una gestión que no es preciso realizar en persona en la Cámara, según indicaron a Europa Press fuentes parlamentarias.

Acatar la Constitución presencialmente

Lo que sí exigirá su presencia, a diferencia de lo que ocurre en el Parlament, será acatar la Constitución ante el pleno del Congreso, condición sine qua non para asumir la condición plena de diputado el próximo 21 de mayo, que es cuando está programada la sesión constitutiva de las Cortes.

Para poder asistir a ese pleno, los presos políticos deberán pedir permiso al Tribunal Supremo, que en su día, a través de un auto del juez Llarena ratificado por la Sala, no lo autorizó para los diputados elegidos en las eleciones del 21-D del 2017, aunque en el Parlament no es preciso personarse para asumir plenamente la condición de diputado e incluso se puede votar por delegación.

La suspensión de cargo público

Si obtuvieran autorización del Supremo para tomar posesión de su escaño y transformarse en diputados con plenos derechos, los presos políticos tendrían un segundo obstáculo, que es la suspensión que pesa sobre ellos al estar procesados por un delito de rebelión.

El magistrado Llarena, en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, inhabilitó a Junqueras, Sànchez, Rull y Turull para el ejercicio de cargo público. Este artículo determina que "firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión".

Fuentes del Congreso de Diputados afirman que el Supremo deberá determinar en la resolución judicial que en su caso autorice o no el desplazamiento de los diputados electos encarcelados que, en todo caso, todos ellos están sujetos a la suspensión de funciones que les impide participar en debates y votaciones o incluso cobrar el correspondiente sueldo.