El presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, asegura que "Las respuestas del tribunal europeo no son en términos de derrota" y "no dictamina a favor o en contra, solo explica". Así se ha expresado durante su conferencia en el Instituto de Emprendeduría Avanzada, después de ser preguntado por la resolución de la Justicia europea relativa a la inmunidad del expresidente Carles Puigdemont. En ella se advertía que el procedimiento penal, incluidas las órdenes de detención quedaban suspendidas hasta que hubiera respuesta a la cuestión prejudicial planteada por el instructor Pablo Llarena.

Este jueves también ha indicado que, según las estadísticas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), España "es el país menos condenado" de los 47 que conforman el Consejo de Europa en los últimos 40 años. "Estos son datos estadísticos" ha recalcado, "está clarísimo que esta idea repetida que el Supremo solo aprende cuando Estrasburgo lo pone en ridículo es falsa", ha añadido.

Evita pronunciarse

¿"Nos equivocamos? Pues claro, faltaría más", ha indicado, para después apostillar que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) lo que hace es resolver una duda a través de una cuestión prejudicial.

Con todo, ha explicado que la respuesta del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) sobre Puigdemont se encuadra en el marco de la fase de investigación, que tiene un protagonista -Llarena-. Es por eso que considera que pronunciarse sobre este asunto "sería una osadía". Pero ha incidido en qué "la idea repetida una vez y otra que la justicia española está permanentemente desautorizada por Europa es falsa".

La acción popular


Por otra parte, ha asegurado que él "aplaude" la acción popular cuando sirve de control de cualquier "tentación abstencionista" del poder público, pero se ha mostrado contrario a la misma cuándo se usa como "instrumento para trasladar la contienda política al proceso penal".

"Sí que creo incondicionalmente en la acción popular cuando se concibe como instrumento para actuar como control de cualquier tentación inhibicionista o abstencionista del fiscal de no implicarse de manera institucional obligada a la investigación de un hecho delictivo", ha comentado. "Si es un elemento de control de la desidia de los poderes públicos, de reequilibrio de poderes en el proceso," lo aplaude.

Aviso del TGUE

A finales de noviembre, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) confirmó que las euroórdenes contra Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí están suspendidas a raíz de la cuestión prejudicial que el juez instructor Pablo Llarena presentó en Luxemburgo.

Con este argumento, el vicepresidente del TGUE desestimó de nuevo la petición de los políticos independentistas exiliados que se suspenda el levantamiento de su inmunidad. Esta medida fue solicitada por los tres eurodiputados después de la detención de Puigdemont en el Alguer el pasado 23 de septiembre.

 

Imagen principal: El presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena / Europa Press