El tribunal de la sala segunda que juzga el procés ha decidido hoy que no puede decidir si tiene que autorizar o no el debate electoral en la prisión que pidió a Jordi Sànchez.

Manuel Marchena dice que "no es competencia del organismo jurisdiccional velar por los principios que determinan la regulación de la actividad electoral". Y añade que "tampoco le incumbe la fijación de un determinado régimen penitenciario". Y expone que lo que ha pedido el expresidente de la ANC y candidato de Junts per Catalunya, Jordi Sànchez, "no es un acto que afecte a una posible incomunicación judicial, ni supone una excarcelación del centro penitenciario".

La Fiscalía, por su parte, se opuso a permitir el debate a través de un escrito dirigido al Supremo pidiendo que se rechazara la petición de Sànchez.