El diputado Alberto Rodríguez está inhabilitado. Así ha respondido el Tribunal Supremo a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, que pidió a la sala del juez Manuel Marchena aclarar la situación del diputado de Unidas Podemos, condenado por agredir a un policía durante una manifestación. El Supremo ya dejó claro a la defensa del diputado de Podemos que no había errores en la sentencia y que había que ejecutar la inhabilitación porque así lo exige la ley cuando se impone una pena de prisión. Los letrados del Congreso, sin embargo, contradijeron esta interpretación, alegando que la sustitución de la condena de prisión por la de una multa comportó que la pena quedara resuelta en el momento en que Rodríguez abonó el impuesto.

Inhabilitado

Este miércoles, Marchena encargó a Batet un informe sobre el cumplimiento de la inhabilitación del diputado, presionándola para que se decidiera a expulsarlo. Este viernes, el Supremo ha dejado de lado las sutilezas, y ha respondido a la petición de aclaración de la presidenta de la Cámara Baja. En el escrito, Marchena reitera: "La pena de prisión es un desenlace punitivo asociado a la conducta que se declara probada, sin perjuicio que a efectos de su ejecución -- y solo a estos exclusivos efectos-- se haya acordado su sustitución por una pena de multa.

 

Es decir, la inhabilitación de Rodríguez fue la consecuencia del delito por el cual fue condenado. El hecho de que después negociara la sustitución de la condena por una multa y la pagara es irrelevante y no se puede considerar como si fuera una cuestión de antes de la condena. La condena, según el Supremo, precede la sustitución de la pena.

Casado salta

Inmediatamente después de que se hiciera público el informe del Supremo, el líder del PP, a Pablo Casado, ha emplazado a la presidenta del Congreso a "inhabilitar inmediatamente" al diputado de Podemos. "Todos los españoles somos iguales ante la ley y tenemos que cumplir la ley incluso si somos diputados que damos apoyo al gobierno de Pedro Sánchez", ha recordado Casado.

Por su parte, el portavoz de Podemos, Pablo Echenique, ha hecho una interpretación inversa y ha recordado que la sentencia del Supremo solo habla de pérdida de sufragio pasivo, y no de una pérdida del acta. Según Echenique, Marchena no puede ordenar esto último "porque esto seria prevaricar, y lo sabe". El Código Penal distingue entre la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo (artículo 44), que es la privación del derecho a ser elegido para cargos públicos, y la inhabilitación especial para cargo público (artículo 42), que implica "la privación definitiva del puesto de trabajo o cargo sobre el cual recayera, aunque sea electivo".

La sentencia del Supremo condena Rodríguez a "inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo" lo cual hizo interpretar los servicios jurídicos del Congreso que podía mantener el escaño, tal como acordó la Mesa martes con los votos de PSOE y Unidas Podemos.

Justicia señala a Batet

Por su parte, la ministra de Justicia, Pilar Llop, ha afirmado hoy que las discrepancias sobre la sentencia de Rodríguez son "una controversia jurídica que existe entre los letrados de la Cámara Baja y el Tribunal Supremo". A parecer suyo, la decisión final lo tendrá que tomar la presidenta Meritxell Batet, y que espera que la resolución se haga "con arreglo a la legalidad".

 

Foto principal: la presidenta del Congreso español, Meritxell Batet / Efe