El equipo del Servei de Classificació de la Secretaria de Mesures Penals, Reinserció i Atenció a la Víctima ha resuelto en tercer grado las clasificaciones de los miembros del Govern, igual que en el caso de los líderes de las entidades soberanistas Òmnium y ANC en el momento del referéndum del 1 de octubre.

De esta manera, el Servei de Classificació, dependiente de la conselleria de Justícia, en manos de la consellera Ester Capella (ERC), ratifica la propuesta formulada el 14 de enero por las juntas de tratamiento de los centros penitenciarios de Puig de les Basses (Figueres), en relación con Dolors Bassa, y Lledoners (Sant Joan de Vilatorrada), en relación con Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull, Joaquim Forn, Jordi Cuixart y Jordi Sànchez.

Todos los presos, a excepción de Carme Forcadell, que todavía tiene su caso pendiente de resolver, saldrán mañana viernes, primer día de campaña electoral. Por lo tanto, está prevista su participación en varios actos de sus partidos. A pesar de estar inhabilitados, la pena no les priva de participar en actos políticos ni de pedir el voto. Todos están sujetos a una pena de privación de libertad, pero conservan el derecho de manifestación y participación política.

Pero nada es definitivo. El tercer grado se puede recurrir. De hecho, ya pasó la otra vez y el Tribunal Supremo lo derogó y los presos volvieron a la prisión. En caso de que pasara en medio de la campaña, los presos tienen otra carta: los permisos. Todos han cumplido un cuarto de la pena, lo que, si se añade el tercer grado, implica que disponen de 48 permisos al año que pueden distribuir como quieran. Y en medio de la carrera electoral, es más que probable que utilicen esta opción.

Los presos entran en campaña

El nuevo tercer grado coincide con el inicio de la campaña electoral esta medianoche. Todos los presos entrarán en campaña. Y no será la primera vez. Ya lo hicieron en 2017 cuando se convocaron las elecciones después del 155.

La diferencia, sin embargo, es que no estaban condenados, por lo tanto no estaban inhabilitados, y todos, menos Oriol Junqueras, Joaquim Forn, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, estaban en libertad provisional. Los dejaron libres, de hecho, la misma tarde que empezaba la campaña electoral y alguno de ellos irrumpió en el mitin que abría la carrera electoral de su partido. Carles Mundó, por ejemplo, llegó directo de Madrid al mitin con Marta Rovira.

Forcadell Rovira Badalona elecciones 21-D - ACN

Ahora la situación ha cambiado. Ya están condenados, por lo tanto, tienen una inhabilitación que no les permite concurrir a las elecciones. Pero eso no les priva de participar en actos y pedir el voto.

En el caso de Junqueras y Forn, será la primera vez que puedan participar en una campaña como procesados. En la última estaban en prisión, pero el tercer grado les permite, añadido al hecho que han cumplido una cuarta parte de la condena, tener 48 permisos al año. Y se los pueden distribuir como quieran. Junqueras ya ha dicho que destinará una  buena parte a hacer la campaña. Y su primera aparición será este viernes mismo en el mitin que ERC tiene previsto dar en Badalona.

ERC jugará fuerte con Junqueras, pero también hará salir al terreno de juego a Raül Romeva, Carme Forcadell y Dolors Bassa. El calendario está pendiente de los permisos que se autoricen desde las prisiones.

Junts per Catalunya también tendrá a Joaquim Forn, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull en la campaña. Los cuatro presos saldrán para participar en los actos centrales.

Los criterios para adjudicar el tercer grado

Todas las resoluciones son el resultado de un análisis individualizado. No obstante, en el conjunto de los casos, las resoluciones tienen en cuenta que, desde la anterior propuesta de tercer grado, han cumplido medio año más de pena. Con estos seis meses, todos se sitúan en torno a los tres años internos en los centros penitenciarios y, además, han cumplido o cumplirán la cuarta parte de la pena en los próximos 14 días. El Servei de Classificació considera que se trata de un tiempo suficiente para la confirmación de una evolución positiva, de acuerdo con el artículo 104.3 del Reglamento penitenciario (RP). En este sentido, subraya que todos han tenido acceso al régimen de vida en 100.2 y en tercer grado, sin incidentes, con pleno compromiso con la tarea encomendada y con una valoración positiva, tanto para el proceso de reinserción sociolaboral como para el mantenimiento del vínculo familiar.

El Servei de Classificació también recuerda que el tercer grado es una forma de cumplimiento prevista por el artículo 102.4 del RP, que en ningún caso supone ningún vaciado de ninguna sentencia. En relación con eso, añade que el artículo 72.4 de la ley orgánica general penitenciaria (LOGP) impide que los servicios penitenciarios mantengan a ningún interno en un grado inferior cuando, por la evolución de su tratamiento, sea merecedor de una progresión. Las resoluciones también recogen los artículos 72.4 y 59.1 de la LOGP y el artículo 25.2 de la Constitución española (CE), que alertan del peligro que los tratamientos restrictivos atenten contra la finalidad rehabilitadora y de reinserción social de las condenas penales.

El Servei de Classificació coincide en destacar la participación en actividades de razonamiento, juicio crítico y resolución de conflictos; la máxima colaboración, tanto con el resto de internos como con los profesionales de los equipamientos penitenciarios; así como la ausencia de incumplimientos judiciales y de expedientes disciplinarios. Las resoluciones también tienen en cuenta que, en todos los casos, existe una red social y familiar favorable para la rehabilitación, junto con un pronóstico de bajo riesgo de reincidencia.

Es por todo eso que, "con el objetivo de favorecer y consolidar el itinerario de reinserción sociolaboral en el ámbito privado, el Servei de Classificació resuelve dar continuidad a sus programas de tratamiento con un régimen de mayor autonomía" dice el comunicado del Departament de Justícia.

Desde que las juntas de tratamiento formularon las respectivas propuestas, el equipo del Servei de Classificació disponía de un máximo de dos meses para estudiarlas, con el propósito de garantizar la coherencia de los criterios del conjunto de los centros penitenciarios.