El pleno del Tribunal Constitucional ha dictado las primeras sentencias que rechazan la puesta en libertad de acusados del 1-O. Los magistrados han decidido, por unanimidad, rechazar los recursos presentados por Jordi Cuixart y Jordi Sànchez contra la decisión de la magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela de encarcelarlos el pasado 16 de octubre de 2017.

En estos recursos, los acusados pedían amparo al TC porque consideraban que la decisión de la Audiencia Nacional vulneraba derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la libertad personal (artículo 17.1 de la Constitución). Después de esta sentencia, los dos pueden ya recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos una vez agotadas todas las vías judiciales en el Estado.

El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido, por unanimidad, desestimar los recursos presentados por la defensa de la exlíder de la ANC, Jordi Sànchez, y el presidente de Òmnium, Jordi Cuixart. Los dos habían recurrido al alto tribunal para denunciar que la decisión de la jueza Carmen Lamela vulneraba diferentes derechos fundamentales. Fue esta jueza quien decretó su ingreso en prisión el 16 de octubre de 2017, a pesar de que la causa posteriormente fue al Supremo y el juez instructor, Pablo Llarena, decidió mantenerlos entre rejas. 

La defensa de Sànchez ―ejercida por Jordi Pina― consideraba que la decisión de la Audiencia Nacional vulneraba derechos como el del juez ordinario predeterminado por la ley, el derecho a un juez imparcial, el derecho a la defensa y el derecho a la libertad individual. 

Por su parte, la defensa de Cuixart –representada por Marina Roig- también alegaba vulneración de derechos como el juez ordinario predeterminado por la ley, el derecho a defensa o a un juez imparcial. En cuanto a la libertad individual, apuntaba que no se había ponderado la vinculación de los hechos con la libertad de expresión y de los derechos de reunión y manifestación. 

Se abre la vía a Europa

Estas dos son las primeras sentencias que dicta el Tribunal Constitucional sobre la prisión preventiva que afecta a los acusados del procés. Hasta ahora, el pleno había admitido a trámite todos los recursos que se le han presentado sobre esta cuestión pero todavía no había entrado a valorar el fondo de las peticiones.

Estas sentencias suponen agotar las vías judiciales en el Estado y abren la puerta a sus defensas para poder ya recurrir las prisiones provisionales al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

Aun así, algunos acusados ya han hecho este paso a pesar de no tener sentencia del TC. Es el caso de la defensa de la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, al considerar que su encarcelamiento es "absolutamente injustificado" y se trata de un "caso excepcional". La defensa ha pedido en Estrasburgo que considere que es un caso "urgente" y que, si así se considera, se podría admitir a trámite en seis meses.