Nueva advertencia del riesgo de vulneración de los derechos humanos en el juicio al procés. La Comisión Internacional de Juristas ha emitido un comunicado donde avisa de que el juicio "pone en peligro los derechos humanos".

Coincidiendo con la primera sesión del juicio, los juristas han alertado que la redacción de los delitos de rebelión y sedición de las acusaciones, posiblemente, restringen indebidamente "los derechos de libertad de expresión, asamblea y asociación".

"La definición muy amplia del delito de rebeldía que se aplica en este caso supone una interferencia innecesaria y desproporcionada con los derechos de libertad de expresión, asociación y asamblea", ha expresado Róisín Pillay, director regional del ICJ Europe y Asia Central.

Comisión Juristas Internacionales carta 1

Tal como explica la Comisión, según el derecho internacional de los Derechos Humanos, cuándo se hace una movilización pacífica de protesta tiene que quedar justificada estriactament la proporción de esta movilización. Igualmente, cuando una protesta política provoca una respuesta excesiva por parte de la policía, "es sólo la policía y las autoridades estatales las responsables de la violencia", precisa Pillay.

En este sentido, la misiva deja claro que es fundamental que "el Tribunal Supremo tenga en cuenta sus obligaciones de respetar la declaración Internacional de Derechos Humanos".

"Los delitos vagos y sobradamente definidos de la sedición o la rebelión violan el principio de legalidad", continúa el comunicado, "así como la interferencia arbitraria y desproporcionada de los derechos humanos".

Precedente internacional

Pillay expone también que el caso 1-O puede causar un precedente. "En un caso tan delicado y politizado como el del referéndum de Catalunya, se sienta un precedente peligroso para la focalización de los movimientos de independencia pacífica y la disidencia política, no sólo a España sino a nivel internacional", explica.

Comisión Juristas Internacionales carta 2

Los juristas internacionales exponen que según el artículo 472 del Código Penal español, el delito de rebelión requiere una insurrección violenta para subvertir la orden constitucional. "Pero los organizadores del referéndum no son acusados para utilizar o defender la violencia", argumentan, "y por lo tanto se ha alegado que los líderes independentistas sueño criminales sin ser verídico", conlou la carta.

La Comisión Internacional de Juristas acaba el comunicado reconrdant que aunque el Tribunal Supremo ha afirmado que el uso de la fuerza por parte de las autoridades policiales españolas durante la represión del referéndum era "legítimo y, en tanto proporcional, los observadores internacionales "concluyeron que este uso de la fuerza era excesivo y desproporcionado".